Preguntas frecuentes
¿En qué podemos ayudarte? Consulta aquí la información que estás buscando...

Equipaje

El Pasajero puede llevar consigo un bulto como equipaje de mano con un peso máximo de 10 kilos y las dimensiones no pueden exceder de 45x35x25cm.

Baggage-questions-1-answer-1.1-foto-title

Si en la puerta de embarque el equipaje de mano excede la cantidad, peso y/o medidas indicadas anteriormente, será retirado y facturado, transportándose en la bodega del avión, pudiendo tener un coste extra según la tarifa del billete adquirido.

Objetos que puedan ser usados como armas (tijeras con hojas que superen los 6cm desde el eje, cúter, aerosoles repelentes de animales, etc) u otros que estén incluidos en Mercancías Peligrosas y artículos prohibidos a bordo.

Además, se deben cumplir las limitaciones en el transporte de líquidos.

• En recipientes con una capacidad máxima de 100ml; y hasta un límite de 10 recipientes (Máx. 1L) en una bolsa con unas medidas de hasta 20x20, transparente y de cierre hermético.

- Se permitirán líquidos que deban ser consumidos a bordo por necesidades médicas, aunque deberán ir acompañados de la documentación médica o certificado médico correspondiente que acredite esa necesidad, además es recomendable acompañarlo con el embalaje original.

- Alimentos infantiles líquidos o semisólidos serán permitidos, recomendándose que estén con su embalaje original.

Para más información consultar el Reglamento 820/2008.

Sí. Está permitido transportar power banks con las siguientes condiciones

• Transportada en el equipaje de mano.

• Hasta dos baterías con una potencia máxima de 160WH cada una.

El resto de baterías de litio de recambio están sujetas a las mismas condiciones. Para obtener más información hacer clic aquí.

El peso máximo gratuito permitido es de 23 kg. El equipaje facturado debe tener un embalaje adecuado, para que no pueda causar daños a otros equipajes o a la estructura de la aeronave. Todo kilogramo extra supondrá un coste adicional que será abonado por el Pasajero en el aeropuerto, siempre que previamente se le admita en el vuelo. Sólo se podrá facturar un máximo de 9kg de equipaje extra por maleta.

Un pasajero nunca podrá transportar más de 50kg.

Para bebés (Infant), el peso máximo gratuito permitido es de 8kg.

Si superas los 23 kilos (30kg en Tarifa Completa R), este servicio tiene un coste por kilo extra que varía según la ruta:

• Gran Canaria - La Palma: 1,86 €/KG

• Gran Canaria – Tenerife: 1,26 €/KG

• Tenerife – La Palma: 1,28 €/KG

• Gran Canaria – Fuerteventura: 1,40 €/KG

• Gran Canaria – Lanzarote: 1,56 €/KG

• Tenerife – Lanzarote: 1,96 €/KG

• Tenerife – Fuerteventura: 1,87 €/KG

• Tenerife – El Hierro: 1,38 €/KG

• Gran Canaria – El Hierro: 1,96 €/KG

Vuelos en conexión:

• Gran Canaria – La Palma: 1,86 €/KG

• Gran Canaria – El Hierro: 1,96 €/KG

• Tenerife – Lanzarote: 1,96 €/KG

• Tenerife – Fuerteventura: 1,87 €/KG

• Lanzarote – La Palma: 1,94 €/KG

• Lanzarote – El Hierro: 2,01 €/KG

• Fuerteventura – La Palma: 1,89 €/KG

• Fuerteventura – El Hierro: 1,96 €/KG

• La Palma – El Hierro: 1,59 €/KG

Se recomienda no incluir artículos frágiles, valiosos o perecederos, ya que la compañía no puede aceptar responsabilidad legal sobre ellos, por lo que se aconseja lo transporten como equipaje de mano.

Si desea transportar artículos valiosos le recomendamos realizar una facturación de valor declarado. Para más información le remitimos a Equipaje de valor declarado

Están prohibidos las sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios que puedan amenazar la seguridad de la aeronave, tales como:

• Baterías de litio.

• Artículos armamentísticos (municiones, pólvora, espoletas, etc.).

• Fuegos de artificio y otros artículos de pirotecnia.

• Botes de humo y cartuchos generadores de humo.

• Bombonas de gas (pequeñas bombonas de butano para camping, etc.).

• Líquidos inflamables (pinturas, cargas para encendedores, etc.).

• Está prohibido el transporte de mercancías peligrosas y artículos prohibidos a bordo.

Mercancías Peligrosas y artículos prohibidos a bordo

Es recomendable que los carritos de bebé se entreguen a pie de avión como medida de precaución para evitar cualquier daño a este tipo de equipaje. Para ello debes comentarlo cuando factures tu equipaje en el mostrador de facturación.

Dentro de equipaje especial se encuentra el material deportivo y los instrumentos musicales.

Los pasos a seguir son los siguientes:

• Realiza la solicitud a través del Call Center o en las oficinas de ventas en el aeropuerto con una antelación mínima de 48 horas a la salida del vuelo.

• El equipaje especial debe estar correctamente embalado, etiquetado y protegido.

• Debes presentarte en el aeropuerto con una antelación mínima de 120 minutos a la salida del vuelo.

Los Pasajeros que transporten equipaje deportivo se benefician de 5 kg adicionales gratuitos extra. Por tanto, podrás transportar de manera gratuita hasta 28kg.

Si superas los 28 kilos (35kg Tarifa Completa R), este servicio tiene un coste por kilo extra que varía según la ruta:

• Gran Canaria - La Palma: 1,86 €/KG

• Gran Canaria – Tenerife: 1,26 €/KG

• Tenerife – La Palma: 1,28 €/KG

• Gran Canaria – Fuerteventura: 1,40 €/KG

• Gran Canaria – Lanzarote: 1,56 €/KG

• Tenerife – Lanzarote: 1,96 €/KG

• Tenerife – Fuerteventura: 1,87 €/KG

• Tenerife – El Hierro: 1,38 €/KG

• Gran Canaria – El Hierro: 1,96 €/KG

Vuelos en conexión:

• Gran Canaria – La Palma: 1,86 €/KG

• Gran Canaria – El Hierro: 1,96 €/KG

• Tenerife – Lanzarote: 1,96 €/KG

• Tenerife – Fuerteventura: 1,87 €/KG

• Lanzarote – La Palma: 1,94 €/KG

• Lanzarote – El Hierro: 2,01 €/KG

• Fuerteventura – La Palma: 1,89 €/KG

• Fuerteventura – El Hierro: 1,96 €/KG

• La Palma – El Hierro: 1,59 €/KG

Surf, windsurf y otros deportes con vela/cometa/mástil/orza/botavara/tabla

Este equipaje especial debe estar correctamente embalado y/o en su funda, etiquetado y protegido. El tamaño de estos objetos será inferior a 1,9 metros, si cuentan con un tamaño superior no podrán ser transportados.

Bicicletas

Si la bicicleta no va embalada, debe llevar los pedales desmontados, el manillar girado para que no sobresalga y las ruedas aseguradas y vaciadas parcialmente.

Equipos de golf

Los palos de golf deberán ir bien sujetos en el interior de la bolsa, de manera que no causen molestias o daños durante su embarque, transporte y desembarque.

Equipos de buceo

La botella debe ir vacía (despresurizada) y llevar la documentación correspondiente de quien ha realizado este vacío, puesto que deben ser empresas facultadas que certifiquen el vaciado como correcto. La botella debe tener la válvula desmontada del cilindro para que sea posible la compensación de las diferencias de presión.

La linterna puede ir como equipaje de mano y facturado siempre que se desconecte la fuente de alimentación, protegiéndolas contra cortocircuitos colocándolas en el embalaje original de venta o aislando de otro modo los terminales, por ejemplo, cubriendo con cinta aislante los terminales expuestos o colocando cada batería en una bolsa de plástico o funda protectora separada.

Armas deportivas y munición

• Se realiza bajo solicitud previa del Pasajero en el Call Center y en las oficinas de ventas en los aeropuertos con una antelación mínima de 48 horas.

• El arma debe tener la autorización del Servicio de Intervención de Armas del aeropuerto quien emitirá el documento pertinente.

• El arma debe estar descargada de munición.

• La munición debe encontrarse embalada en cajas especiales de seguridad que no supere los 5 kg de masa bruta y separada del arma.

• La munición no incluye proyectiles explosivos o incendiarios.

• Las cantidades que se permiten para más de una persona no deben combinarse en uno o más bultos.

• Es obligatorio la facturación de las armas y munición.

• La munición debe pertenecer exclusivamente a la división 1.4S con número ONU 0012 o 0014.

Deberás acudir al mostrador de Facturación con una antelación mínima de 3 horas antes de la salida programada de tu vuelo, para poder realizar los trámites correspondientes.

Se te solicitará que abras el equipaje sobre el que deseas realizar la declaración de valor, siendo requisito indispensable para la formalización del documento correspondiente.

El coste de este servicio será del 15% del importe declarado y deberás abonarlo como exceso de equipaje en la oficina de ventas de Canaryfly en el aeropuerto.

La valoración mínima del objeto debe superar la cantidad de 400 €/unidad. El tope máximo de declaración de valor por pasajero no puede exceder de 2.000 €.

q

Artículos no se aceptan como valor declarado

• Frágiles (dispositivos electrónicos, cámaras de fotos, muestras o piezas de arte, dispositivos para los ojos o la visión, etc.).

• Valiosos (metales preciosos, reliquias familiares, etc.).

• Documentación valiosa (documentos mercantiles, pasaportes, títulos negociables, acciones, etc.).

• Perecederos.

• Bultos especiales que conlleven tratamiento de Edición limitada.

Sí, podrás contratar el servicio de ‘Equipaje de Asiento – Extra’ para

Equipaje que por su valor o naturaleza frágil es transportado en cabina, utilizando u ocupando asiento/s adicional/les (instrumentos musicales, obras de arte, joyas, etc.).

Deberás realizar la reserva del asiento extra junto con la reserva del viaje al menos 48 horas de antelación a la salida del vuelo, bien en la Oficina de Ventas como a través del Call Center, informando de la naturaleza del objeto, su peso y dimensiones. Este tipo de servicios son sujetos a espacio y previa autorización de la compañía.

El límite de peso máximo es de 75kg por asiento reservado.

Su coste será el correspondiente a la tarifa que deberías pagar si ocuparas tal/es asiento/s en el trayecto, aplicable en el momento de reservar el asiento adicional.

Pasajeros con sobrepeso, deben solicitar el servicio en el momento de la compra de su billete tanto en el Call Center como en nuestras oficinas de venta en aeropuerto.

Ante todo, te agradecemos la confianza que has puesto en nosotros y te pedimos nuestra más sincera disculpa por el incidente sufrido.

Informar que el manejo normal del equipaje puede dar lugar a abolladuras, rasguños, manchas o asas y ruedas rotas. Canaryfly no se hace responsable de los mismos.

Si descubres otras clases de daños mayores en tu equipaje o tu equipaje se ha extraviado, comunícalo inmediatamente:

1. Antes de salir de la zona de recogida de maletas contacta con el personal de Canaryfly o del personal allí presente.

2. En ese mismo momento, deberás formalizar una parte de irregularidad por escrito (P.I.R.) que es requisito indispensable para hacer constar la incidencia ocurrida y ser tramitada por la compañía.

3. Atención al Cliente se pondrá en contacto contigo a la mayor brevedad posible.

La responsabilidad en relación con el equipaje perdido y/o dañado de toda aerolínea se limita estrictamente a lo dispuesto en el Convenio de Montreal.

Para más información consultar las Condiciones Generales.

Si el Pasajero no ha abierto el P.I.R constituirá presunción, salvo prueba en contrario, de que los mismos han sido entregados en buen estado.

A falta de P.I.R. todas las acciones contra el transportista serán inadmisibles.

Para más información consultar las Condiciones Generales.

A partir de los 21 días siguientes a la fecha en la que debería haber llegado el equipaje.

Para más información consultar las Condiciones Generales.

A partir de las 24 horas de retraso, no obstante la gran mayoría se localizan y se entregan dentro de las siguientes 72 horas.

Para más información consultar las Condiciones Generales.

Documentación

Documentación para residentes canarios nacionales:

- Mayores de 14 años:

• DNI o pasaporte no necesariamente en vigor; o

• Carnet de conducir expedido en España.

- Menores de 14 años están exentos, siendo responsable la persona con la que realiza el viaje.

Subvención:

Si la residencia canaria no se encuentra verificada, el pasajero deberá acreditar su condición de residente canario en el momento de la facturación y/o embarque con:

Certificado de Residencia para Viajes*, expedido por el Ayuntamiento donde resida.

DNI o pasaporte en vigor.

*Solo será válido para aquellos pasajeros que tengan NIE con residencia permanente, no temporal

Los menores de 14 años que no tengan DNI sólo deben presentar el Certificado de Residencia para Viajes.

Comprueba si es un error en la introducción de tus datos personales. Si es así, ponte en contacto con nosotros a través del 928 01 85 00 para realizar los cambios en tu billete. Si te das cuenta del error en el aeropuerto dirígete a la oficina de ventas de Canaryfly.

¿Cuál es la documentación necesaria para acreditar la residencia en vigor?

UE-Schengen deberán presentar el Certificado de Residencia para Viajes, expedido por el Ayuntamiento donde residan, acompañado del DNI o Pasaporte en vigor. Los menores de 14 años que no tengan DNI sólo deben presentar el Certificado de Residencia para Viajes expedido por su Ayuntamiento.

Familiares nacionales de terceros países que sean beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente y los ciudadanos nacionales de terceros países residentes de larga duración. Deberán presentar el Certificado de Residencia para Viajes, expedido por el Ayuntamiento donde residan, acompañado de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o de la tarjeta de residencia de larga duración con fotografía. En caso de que la tarjeta de residencia no disponga de fotografía, el Pasajero debe presentar también un documento que acredite su identidad.

• Los Diputados y Senadores deben presentar su credencial de la correspondiente cámara y DNI.

Para más información consultar el Real Decreto 1340/2007 del 11 de octubre, que modifica al Real Decreto (CE) 1316/2001.

Ciudadanos nacionales:

- Mayores de 14 años:

• DNI o pasaporte no necesariamente en vigor; o

• Carnet de conducir expedido en España.

- Menores de 14 años están exentos, siendo responsable la persona con la que realiza el viaje.

Ciudadanos UE/ Schengen

La documentación necesaria será:

• Pasaporte o documento de identidad válido no necesariamente en vigor; o

• Permiso de residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor; o

• Carnet de conducir expedido en España.

Ciudadanos Extracomunitarios

La documentación necesaria será:

• Pasaporte o documento de viaje válido en vigor; o

• Permiso de residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor con fotografía; o

• Carnet de conducir expedido en España.

Deberás presentar antes del embarque el original o una copia compulsada del certificado de miembro de familia numerosa que los acredite como tales, expedidos por su Comunidad Autónoma.

La bonificación aplicada se hará en función del tipo de familia numerosa:

Familia Numerosa General (Tipo I): 5% de bonificación sobre el importe de la tarifa.

Familia Numerosa Especial (Tipo II): 10% de bonificación sobre el importe de la tarifa.

Si no puedes acreditar tu situación de Familia Numerosa no podrás hacer uso de tu billete y tendrás que comprar otro, con la tarifa que esté disponible, si quieres volar en ese momento.

Para más información consultar la Orden FOM/3837/2006 de 28 de noviembre, RD 1621/2005 de 30 de diciembre y sus sucesivas reformas.

En caso de pérdida o robo de Documentación, la denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no será prueba válida que acredite la identidad del pasajero por lo tanto no podría volar con Canaryfly.

Joven. Menores de 30 años a la fecha de salida del vuelo.

Universitario. Con Carnet Universitario vigente o matrícula del año en curso.

Deportistas. Con Carnet de Federación Deportiva en vigor o documento que acredite pertenencia a la Federación. Senior. Mayores de 60 años en la fecha de salida del vuelo.

Senior. Mayores de 60 años en la fecha de salida del vuelo.

Esta tarifa especial está disponible en los siguientes canales de ventas:

En las oficinas de Ventas de Canaryfly en los aeropuertos.

Llamando al Call center 928.01.85.00.

En tu agencia de viajes.

Tarjeta de embarque y Check-in Online

  • Realiza el check-in online en nuestra página web o App, activado desde las 72 horas previas al vuelo, aunque lleves equipaje para facturar. De esta manera llevarás la tarjeta de embarque en el móvil y cuando llegues al aeropuerto podrás entregar todo tu equipaje en el mostrador de facturación, gratuitamente, incluso el equipaje de mano, para evitar la manipulación de bultos a bordo. Puedes realizarlo aquí.

Servicio Check-in en nuestra página web o App. 72 horas antes y hasta 30 minutos antes de la salida del vuelo.

Mostradores de facturación de Canaryfly. 2 horas antes y cierra 30 minutos antes de la salida del vuelo

Ten en cuenta que:

• Después de facturar, es imprescindible que te presentes en la puerta de embarque 20 minutos antes de la hora de salida del vuelo.

• Comprueba que llevas la documentación necesaria y que tu identidad se corresponde a la de tu tarjeta de embarque, en caso contrario Canaryfly podrá denegarte la realización del viaje.

• Da tranquilidad.

• Ahorras tiempo evitando largas colas en el aeropuerto.

• Puedes presentar tu tarjeta de embarque directamente desde tu móvil.

Sí, al realizar el Check-in a través de:

La página web, recibirás un email con la tarjeta de embarque en formato:

• PDF

• Código bidi

• PassBook/PassWallet

La App, tendrás directamente tu tarjeta de embarque en la propia aplicación.

Por supuesto. Si has realizado el Check-in y necesitas facturar equipaje, deberás dirigirte a los mostradores de facturación de la compañía, siempre antes de los 30 minutos previos a la salida del vuelo.

Sí, ponte en contacto con nosotros a través del 928 01 85 00 para realizar los cambios.

Si te das cuenta del error en el aeropuerto dirígete a la oficina de ventas de Canaryfly.

Necesidades especiales

Cada persona tiene unas necesidades únicas. Por este motivo es muy importante que nos avises con la mayor antelación posible indicándonos el tipo de necesidad para que te podamos ayudar.

• Pasajeros que viajen en silla de ruedas

• Pasajeros con dificultades de visión y/o auditiva

• Pasajeros con extremidades escayoladas

• Pasajeros con discapacidad intelectual

• Pasajeros que necesiten viajar en camilla

• Pasajeros que necesiten viajar con oxígeno a bordo

• Pasajeros que dependan de perro lazarillo o apoyo emocional

Para poder viajar sin acompañante, un Pasajero con necesidades especiales debe ser capaz de:

• Atar y desatar su cinturón de seguridad.

• Ponerse sin ayuda el chaleco salvavidas.

• Ponerse sin ayuda la máscara de oxígeno.

• Comprender las instrucciones de seguridad y seguir las informaciones comunicadas en todos los formatos accesibles.

Debes solicitarlo con al menos 48 horas de antelación, excepto si necesitas viajar en camilla que tendrás que hacerlo como mínimo en las 72 horas previas a la salida del vuelo, a través de:

• Call Center

• Oficinas de Venta de Canaryfly en los aeropuertos.

• Tu Agencia de Viajes

Para conocer los pasos a seguir si necesitas viajar en camilla haz clic aquí.

Siempre aconsejamos presentarse en el aeropuerto dos horas antes de la salida del vuelo. Te recomendamos que te pongas en contacto con el aeropuerto unos días antes para fijar una hora para el encuentro. Si no lo has hecho, en los aeropuertos suelen presentar zonas específicamente designadas donde podrán contactar directamente con el personal de asistencia que te guiará en todo el proceso.

También puedes acudir directamente a los mostradores de facturación de Canaryfly, y nosotros nos encargaremos de avisar al servicio de asistencia por ti.

El personal de asistencia del aeropuerto te acompañará en todo momento: desde el Check-in en el mostrador de facturación hasta tu asiento en el avión.

Canaryfly establece un mínimo de 72 horas antes para realizar la solicitud del servicio de camilla a través de:

• Call Center

• Oficinas de Venta de Canaryfly en los aeropuertos.

• Tu Agencia de Viajes

Es imprescindible la presencia de un acompañante del pasajero que solicita el servicio, quien realizará los trámites de facturación e informará al personal de asistencia de la presencia del pasajero en camilla. Por tanto, deberás contratar un total de 7 asientos:

• 6 serán ocupados por la camilla

• 1 por tu acompañante

El día del vuelo tendrás que presentarte en el aeropuerto con una antelación mínima de 2 horas a la salida del vuelo, y una vez allí, tu acompañante contactará con el personal de asistencia. No olvides aportar la autorización médica pertinente.

Antes de volar es necesario que hayan pasado al menos 24 horas desde que el Pasajero ha sido escayolado ya que la presurización de la cabina puede provocar una hinchazón superior a lo normal pudiendo deformar la escayola.

Asientos que deberás reservar según tu condición

Pasajero escayolado de cintura para arriba. Únicamente necesitarás un asiento para viajar.

Pasajero escayolado de cintura para abajo. Necesitarás reservar dos asientos para viajar.

Sí, el perro lazarillo se considera acompañante válido para los invidentes y/o discapacitados físicos que viajen solos. El transporte de perro lazarillo o de apoyo emocional es un servicio totalmente gratuito, y el animal "podrá viajar en cabina o en bodega a elección del Pasajero.

Debes solicitarlo al menos 48 horas de antelación a la salida del vuelo a través de:

• Call Center

• Oficinas de Venta de Canaryfly en los aeropuertos.

• Tu Agencia de Viajes

Los suministros médicos o medicamentos vitales que el Pasajero deba llevar consigo como equipaje de mano deberán cumplir las medidas reglamentarias del equipaje de mano e ir acompañados de la documentación médica o certificado médico correspondiente que acredite esa necesidad, además es recomendable acompañarlo con el embalaje original.

Se aconseja a los Pasajeros que viajen con sustancias controladas y/o sustancias inyectables llevar una carta/receta del médico que confirme los datos de las sustancias y sus usos previstos, ya que podrá ser requerido por el Personal de Seguridad en el aeropuerto.

Sí, teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

Hasta la semana 32 (inclusive). Podrá viajar sin necesidad de aportar ningún certificado médico.

A partir de la semana 33 o si tiene un embarazo con riesgo. Debe aportar un certificado médico donde se acredite su aptitud para viajar y la firma del Descargo de Responsabilidades.

Según la IATA, no se recomienda volar en los siete días anteriores o posteriores a la fecha prevista de alumbramiento.

Si, siempre que al menos uno de los bebés supere los 18 meses de edad.

El bebé de inferior edad deberá estar sentado encima del adulto y el segundo bebé (con más de 18 meses de edad) ocupará un asiento anexo al adulto haciendo uso, si es preciso, de un sistema de sujeción infantil, sillas especiales, etc.

Es necesario viajar con el libro de familia y el certificado de residencia para viajes en vigor, expedido por el ayuntamiento correspondiente.

Las cunas, sillas y carritos de bebé se deben facturar para su traslado en la bodega del avión. Te recomendamos solicitar en el mostrador de facturación llevar el carrito hasta pie de pista y antes de embarcar la recogerá el personal de coordinación.

También podrás llevar una canastilla de bebé de manera totalmente gratuita.

Para más información sobre cómo transportar carritos de bebé haz clic aquí.

Se considerará niño (Child) desde los 2 años (inclusive) hasta los 11 años (inclusive) en la fecha del vuelo. No podrán viajar en asientos de salidas de emergencia.

De 2 a 4 años (inclusive). No podrá viajar solo ni contratar el Servicio de Menores No Acompañados (UM).

De 5 a 11 años (inclusive). Para que pueda viajar solo es obligatorio contratar nuestro Servicio de Menores No Acompañados (UM) a través del Call Center o en la oficina de ventas en el aeropuerto.

A partir de 12 años. Puede viajar solo, aunque es posible contratar el Servicio de Menores No Acompañados (UM).

Este servicio consta del acompañamiento por el personal de Canaryfly en el embarque, durante el vuelo y en la llegada al destino. Los menores estarán bajo la atención del personal de Canaryfly. Este servicio es obligatorio para los menores con edades comprendidas entre los 5 años (inclusive) hasta los 11 años (inclusive) que viajen solos. Sin embargo, también se podrá solicitar a elección del padre o tutor para menores a partir de los 12 años.

La persona adulta que lo entrega, lo hará al personal de facturación de Canaryfly, cumplimentando y firmando previamente el documento correspondiente.

Este servicio conlleva un coste adicional al precio del billete de 30€ por trayecto.

El adulto responsable del menor debe tener en cuenta que:

1. Debe acompañar al menor en el aeropuerto de salida y presentarse como mínimo con dos horas de antelación a la salida del vuelo con el fin de cumplimentar el documento de Descargo de Responsabilidad, aportando sus datos, así como los de la persona que va a recibir al menor en su llegada.

2. Debe entregar en el momento de la facturación la documentación del menor que deberá constar de:

- Billete con reserva confirmada para todo el viaje.

- Descargo de responsabilidad debidamente cumplimentado, con los datos de contacto de la persona/s que recibirán al menor.

- Pasaporte y visados, si fueran necesarios, y cualquier otra documentación adicional.

- Autorización del padre/madre/tutor, junto con fotocopia del DNI de la persona que autorice, para ser recogido por nuestro personal en el aeropuerto (solamente cuando la persona que entrega al menor no es ni el padre/madre/tutor).

3. No debe abandonar el aeropuerto hasta que el avión despegue.

4. El personal de Canaryfly se hará cargo del menor a partir del momento en que se inicie el embarque del vuelo, en la Terminal de Pasajeros, con la documentación y la facturación cumplimentadas, acompañándole al avión, y lo entregará a la tripulación del vuelo, que lo acomodará a bordo convenientemente, en un asiento designado para tenerlo bajo su custodia y atención.

5. El personal de Canaryfly lo recibirá en la llegada, entregándolo a la/s persona/s autorizada/s en el Documento de Descargo de Responsabilidad en la Terminal de Pasajeros del aeropuerto. Esta persona/s autorizada/s deberán acreditar su identidad presentando el DNI /Pasaporte.

6. El adulto mayor de edad que se hace cargo del menor en el aeropuerto de llegada se debe identificar al personal de la compañía para poder recoger al menor, acreditando su identidad, y firmar el documento de descargo de responsabilidad.

Sí, en Canaryfly aceptamos el transporte de ciertos animales domésticos tanto en la:

Cabina (PETC). Hasta los 8 kg incluyendo el animal y el trasportín que debe tener unas dimensiones máximas de 45x35x25 cm.

Bodega (AVIH). Con más de 8 kg a la mascota se le considera AVIH y deberá viajar en bodega. El trasportín de un AVIH debe estar homologado y ser rígido e impermeable.

Se rechazará el transporte en cabina (PETC) de todos los animales que por sus características especiales (mal olor, estado sanitario, higiene o comportamiento violento) pudieran resultar molestos para el resto del pasaje.

El transporte de un animal deberá ser autorizado por la compañía, por lo tanto, debes solicitarlo a través del Call Center o en la oficina de ventas en el aeropuerto antes de la salida del vuelo. No obstante, aconsejamos realizar la reserva de plaza para la mascota lo antes posible, puesto que existen limitaciones en la aceptación al vuelo y es necesario realizar los trámites correspondientes.

En el aeropuerto deberás:

• Aportar la cartilla de vacunación con vacuna antirrábica en vigor. En caso de que el animal no haya cumplido los 3 meses será igualmente válido un certificado veterinario del animal.

• Rellenar un Descargo de Responsabilidad.

• Abonar el importe correspondiente.

Transportamos ciertos animales de compañía tales como:

• Perros*,

• Gatos*,

• Hurones,

• Invertebrados (excepto abejas y crustáceos),

• Peces Tropicales Decorativos,

• Anfibios,

• Reptiles,

• Aves (todas las especies excepto las aves de corral),

• Mamíferos (como roedores y conejos domésticos).

Te aconsejamos que contactes con la compañía, a través del Call Center o en la oficina de venta en el aeropuerto, para reservar la plaza de tu mascota lo antes posible ya que existen limitaciones en su aceptación al vuelo.

*Ver pregunta 7. ¿Puedo viajar con mi animal braquicéfalo?

No, está absolutamente prohibido sacar a los animales del trasportín.

Sí, conlleva un coste dónde se transporte a tu animal:

En cabina (PETC). 10€ /trayecto.

En bodega (AVIH). 25€/trayecto.

• Se deberá transportar el animal en condiciones higiénicas adecuadas.

• El trasportín deberá estar en buen estado. El pasajero deberá asegurarse de que la cerradura se encuentra en óptimas condiciones que impida la salida del animal.

• Los recipientes de comida o bebida deberán ir cubiertos, para evitar que su contenido se derrame.

• El transporte de la jaula/recipiente debe hacerse en el suelo, ubicando la misma entre los pies del Pasajero o debajo de su asiento. Queda prohibido transportarlo en el asiento anexo al del Pasajero o sobre las piernas.

• Si el animal se transporta en cabina, el pasajero deberá hacerse cargo del mismo en todo momento, respondiendo por cuantos problemas pudieran causar.

• Si tu perro pesa más de 20 kg o pertenece a las razas de animales potencialmente peligrosos, debe portar bozal.

Sí, dentro de cada trasportín pueden ir varios animales de pequeñas dimensiones siempre y cuando sean de la misma especie y los animales se puedan mover de forma natural.

En el caso de perros y gatos no se admitirán más de 2 por contenedor, desde 8 semanas a 6 meses de edad, con un tamaño comparable entre los animales, siempre que no exceda del peso global permitido (8kg).

Los animales braquicéfalos son aquellos animales de nariz chata (como perros y gatos) que no son animales de clima caliente y tienen dificultad para la regulación de la temperatura normal del cuerpo en climas cálidos.

Estos animales sólo serán transportados en cabina, por tanto, no podrá viajar si no cumple con las limitaciones de animal PETC (máx. 8kg incluido trasportín).

La siguiente es una lista orientativa de las razas de perros y gatos braquicéfalos más comunes:

Perros: Boston Terrier. Bulldog francés, Bóxer, Lhasa Apso, Grifón de Bruselas (Pequeño Brabanzón), Chin Japonés (Chin, Spaniel Japonés, Pug Japonés), Bullmastiff, Pequinés, Bull Terrier, Pug, Pug o Carlino, Shar Pei, Chow Chow, Shih Tzu, Pug holandés (Mopshond, Mops Hund, Carlino), Staffordshire Bull Terrier, Bulldog inglés, Mastiff /Mastín napolitano, Toy spaniel inglés (Spaniel del Rey Carlos), Dogo de Burdeos

Gatos: Burmés, Exóticos, Himalayas, Persas

Existen diferentes documentos de descargo que debe llevar el pasajero a la hora de presentarse en el aeropuerto, dependiendo de su condición en el transporte.
Verifique si usted requiere asistencia médica o su condición se engloba dentro de estas categorías como caso médico:

M1. Pasajeros que necesiten oxigeno extra u otros equipos médicos u otras instalaciones a bordo. Se les requerirá un certificado médico que lo justifique, y tendrán que notificarlo con una antelación mínima de 24 horas al operador. Canaryfly admite botellas propias del pasajero, que estén debidamente certificadas y homologadas para su utilización a bordo. Están excluidos de estos casos aquellos pasajeros que usen dispositivos de oxígeno que no sean botellas de oxígeno (por ejemplo, respiradores para apnea de sueño) y los pasajeros que no usen este tipo de ayudas durante el transporte. Los pasajeros que manifiesten una vez embarcados y con puertas abiertas la posibilidad de requerir oxígeno a bordo, serán informados de que las botellas de O2 instaladas en el avión son destinadas para situaciones de emergencia en vuelo.

M2. Pasajeros que necesitan viajar en camilla. Ver sección “Personas con movilidad reducida (PMR)” pregunta 5.

M3. Bebés prematuros. Por la salud del bebe no se recomienda el transporte de bebes de menos de 10 días; en el caso particular de nuestra compañía no se transportará a ningún bebe de menos de 7 días en régimen de transporte aerocomercial.

M4. Mujeres embarazadas, si el estado de gestación supera las 32 semanas en el momento del vuelo o embarazos problemáticos. Ver sección “Embarazadas y transporte de bebé”.

M5. Pasajeros del servicio canario de salud en traslado.

M6. Pasajeros no incluidos en estos grupos, con enfermedades NO contagiosas, agudas o crónicas, médicas o quirúrgicas, que por sus características en el momento del vuelo puedan ser admitidos a bordo a juicio de los médicos autorizados, porque no es previsible que el transporte pueda ser causa de agravamiento o muerte.


    Documentación que debe aportar:
  • • Si es usted un caso médico a bordo (pasajero cuyo estado de salud sea cuestionable tanto por razón de riesgo propio como de riesgo hacia los demás) requerirá de autorización de la compañía previamente solicitada tal como se indica en este mismo apartado. Entregar formulario MEDIF cumplimentado.

  • • En caso de pasajeros enfermos que no sean casos médicos (antes expuesto) y que por prescripción médica puedan volar, se les exigirá el formulario INCAD (en castellano), INCAD (in english) cumplimentado.

  • • Pasajero que es un viajero frecuente con una condición médica establecida, y que anteriormente ya ha solicitado una autorización médica inicial, podrá utilizar un FREMEC.

Nosotros

Canaryfly tiene un papel importante en la vida de más de 50 mil canarios que vuelan con la compañía cada mes y que se benefician de los mejores precios en el transporte entre islas.

Ofreciendo los mejores precios durante todo el año y en todas sus rutas, los canarios pueden desplazarse fácilmente entre las islas con Canaryfly, lo que favorece y apoya el desarrollo de Canarias. Esta es la misión de la compañía y lo que les impulsa a mejorar día a día.

En enero de 2017 Canaryfly logra la prestigiosa certificación de Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001 y también la certificación medioambiental ISO 14001, en el Sistema de Gestión Medioambiental.

El certificado de gestión de calidad que ha obtenido Canaryfly abarca todos los procesos relacionados con la organización y gestión de vuelos, tanto en tierra como en aire: facturación, programación, planificación y ejecución. Además, la ISO 9001 acredita la experiencia, formación y capacitación de los empleados de la aerolínea.

Por su parte, la certificación basada en los requisitos de la norma ISO 14001 reconoce el compromiso de Canaryfly en la optimización gestión de recursos, la reducción del impacto derivado de su actividad y la puesta en marcha de otros criterios para reforzar su responsabilidad con la protección medioambiental.

En febrero de 2018, Canaryfly ha sido reconocida nuevamente por su excelencia, en esta ocasión respecto a la seguridad y salud laboral con la Certificación OHSAS 18001.

Te animamos a que vueles con Canaryfly y nos ayudes a crecer junto con la sociedad canaria, comunicando y compartiendo nuestra filosofía.

Queremos ser tu compañero de viaje.

Certificación ISO 9001 e ISO 14001 Avión ATR 72

La oportunidad que estás buscando

Nuestra compañía está formada por un equipo dinámico, joven y, sobre todo, muy profesional. Trabajamos día a día para ofrecerte un servicio de calidad, cercano y personalizado.

En Canaryfly somos sociales, respetuosos, colaboradores y comprometidos con la sociedad canaria, eficientes y de confianza; cuidando a las personas para que se sientan integrantes en un equipo de trabajo en el que tú puedes formar parte.

¡Mucha suerte!

Envíanos tu currículum

(PDF - Max. 500Kb)

La flota de Canaryfly está integrada exclusivamente por aviones turbohélices ATR72, considerado como el mejor avión para trayectos regionales de corta duración y por tanto ideales para el transporte de pasajeros entre las Islas Canarias, siendo aviones confortables y eficientes con el medioambiente.

Los ATR son los aviones, de menos de 90 plazas, más vendidos en el mundo desde 2005.

Cada 8 segundos un avión ATR despega o aterriza en algún lugar del mundo.

Avión ATR 72

Formulario de contacto

--
Atención al Cliente
- Sugerencias quejas y reclamaciones:
Redes Sociales

Condiciones del Contrato

1.- A los efectos de este contrato “billete” significa “billete de pasaje y talón de equipaje”, del que forman parte las presentes “condiciones del contrato” y los avisos; “transportista contractual” significa todo transportista aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero y a su equipaje en virtud de este contrato o que realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo; “transportista de hecho” significa todo otro transportista que realice todo o parte del transporte contratado con el transportista contractual y autorizado por este; “billete electrónico” significa el Itinerario / Recibo emitido por o en nombre del transportista contractual, los Cupones Electrónicos y, en su caso un documento de embarque.

2.- El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas en materia de responsabilidad aplicadas por las Compañías Aéreas Comunitarias, de conformidad con la Legislación Comunitaria y el Convenio de Montreal, Ley 21/2003, de 7 de Julio, de Seguridad Aérea, Reglamento (CE) 261/2004, Reglamento (CE) 2027/97, Directiva 93/13/CEE, y cualquiera otra normativa estatal, autonómica, comunitaria o Convenios Internacionales que resultaren de aplicación. Los derechos de las Personas con Movilidad Reducida están recogidos en el Reglamento Europeo (CE) 1107/2006, de julio de 2006, que tiene por objeto lograr que las personas con discapacidad o movilidad reducida tengan las mismas oportunidades que el resto de la ciudadanía para viajar, y para ello, es preciso prestarles asistencia, tanto en los aeropuertos como a bordo de las aeronaves, para satisfacer las necesidades particulares de cada uno.

3.- En tanto no se halle en contradicción con lo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) las disposiciones que figuran en este billete. 2) las tarifas aplicables. 3) las condiciones de transporte establecidas por el transportista y las reglamentaciones conexas que forman parte de este contrato y que pueden ser consultadas en las oficinas del transportista.

4.- El nombre del transportista puede aparecer abreviado en el billete, siempre que el nombre completo y su abreviatura figuren en los manuales, condiciones de transporte, reglamentos u horarios del transportista

La dirección del transportista es la del aeropuerto de salida que figura en el billete frente a la primera abreviatura del nombre del transportista; las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero; el transporte a realizar en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.

5.- Dentro de lo previsto por la normativa reguladora, el billete para el transporte podrá expedirse, bien directamente por la propia Compañía o a través de terceros mediante agente.

6.- Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad del transportista que resulten procedentes conforme a la normativa de aplicación, se aplicará y beneficiará a sus agentes, empleados y representantes, incluidos a quienes en su caso operen aeronaves a favor de la Compañía y a los agentes empleados y representantes de aquellos cuando actúen en el ejercicio de sus funciones.

7.- El equipaje facturado será entregado al portador del talón de equipaje. En el caso de daños al equipaje deberá presentarse por escrito la oportuna reclamación al transportista inmediatamente después de descubrirse el daño, o a lo sumo, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega; en caso de retraso, la reclamación deberá presentarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje.

8.- Este billete es válido para el transporte durante un año, desde la fecha de emisión a menos que se estipule otra cosa en el propio billete, en los manuales de tarifas del transportista, en las condiciones de transporte o en los reglamentos aplicables. El precio del billete* para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje, sin perjuicio de la facultad de rescisión unilateral por parte del usuario.

*El coste del carburante, las tasas e impuestos aplicables en el momento de la emisión del billete aéreo pueden sufrir cambios posteriores que originen la modificación del precio del billete.

9.- El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. En caso de necesidad, el transportista puede hacerse sustituir frente a la previsión inicial, por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir escalas previstas en el billete. Los horarios están sujetos a modificación. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces, salvo en los casos que ello fuera debido a causa directamente imputable al transportista y en los supuestos previstos legalmente.

10.- El pasajero deberá cumplir los requisitos exigidos por la normativa en relación a los viajes y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista, o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida y estar en la puerta de embarque que se le indique antes de la Hora Límite de Aceptación al Vuelo.

Si el pasajero no llega al mostrador de facturación con suficiente antelación que le permita cumplimentar la documentación para el embarque, así como las gestiones de emigración y de seguridad, según el caso, o bien no aporte la documentación necesaria para el viaje, el transportista puede cancelar la reserva. La salida del avión no será retrasada por los pasajeros que lleguen tarde (en opinión del transportista) a facturar.

En este caso, el transportista no es responsable de los perjuicios que resulten de que el pasajero no haya cumplido con los requisitos indicados.

El tiempo necesario para cumplimentar todos los trámites de facturación, seguridad, emigración y los que puedan imponer las Autoridades, puede variar dependiendo de cada pasajero y cada aeropuerto. En caso de duda, se aconseja que pidan con antelación la información al transportista, a sus agentes o a las Autoridades aeroportuarias.

11.- La compañía de transporte aéreo informará a los pasajeros, a través de sus canales de venta sobre la identidad de la o las compañías aéreas operadoras cuando estas sean distintas de la compañía de transporte aéreo.

12.- Para el ejercicio de las acciones derivadas del presente contrato de transporte, ambas partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de lo Mercantil del lugar donde tenga su domicilio la compañía, con renuncia expresa a otro fuero que pudiera corresponderles.

Indemnizaciones y Anticipo en caso de muerte o lesión del pasajero

No hay límite económico fijado para la responsabilidad en caso de lesiones o muerte del pasajero. Para los daños de hasta 128.821 DEG (*), la compañía aérea no podrá impugnar las reclamaciones de indemnización. Por encima de dicha cantidad, la compañía aérea solo puede impugnar una reclamación en caso de que pueda probar que no hubo de su parte negligencia ni falta de otro tipo. En caso de muerte o lesión de un pasajero la compañía aérea deberá abonar, en el plazo de 15 días desde el día de la identificación de la persona con derecho a la indemnización, un anticipo para cubrir las necesidades económicas inmediatas. En caso de fallecimiento, éste anticipo no podrá ser inferior a 16000 DEG (*).

Responsabilidad de la compañía aérea con la que se ha contratado el servicio y de la compañía encargada de la prestación efectiva

Si la compañía aérea encargada del vuelo no es la misma que la compañía aérea contratante, el pasajero podrá formular una queja o una reclamación a cualquiera de ellas. Si en el billete consta el nombre o el código de una compañía aérea, ésa es la compañía aérea contratante.

Plazos de Reclamación

Toda reclamación ante un tribunal deberá presentarse en el plazo de dos años a partir de la llegada de la aeronave o del día en que la aeronave hubiese debido llegar.

Retrasos, cancelaciones y denegación de embarque En el caso de que el Pasajero se viera afectado por una denegación de embarque o la cancelación de un vuelo, así como en aquellos casos en los que sufra un gran retraso, serán de aplicación los derechos de asistencia y compensación establecidos en los artículos 7, 8 y 9 del Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, y ello en los términos previstos, respectivamente, en los artículos 4, 5 y 6 del citado Reglamento para cada una de estas eventualidades. Igualmente, y para los supuestos de retraso de un vuelo, será aplicable, en su caso, el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, con los requisitos y exigencias establecidos respecto al mismo (art. 19), y con un límite máximo de responsabilidad del transportista respecto al retraso de 5346 DEG (*) por pasajero.

Retraso, destrucción, daños o pérdida del equipaje.

En caso de retraso del equipaje, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del equipaje se limita a 1288 DEG (*) La compañía aérea es responsable en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje hasta la cantidad de 1288 DEG (*) Con respecto al equipaje facturado es responsable aun cuando esté exento de culpa, salvo que el equipaje ya estuviese dañado. El transportista podrá limitar su responsabilidad cuando el equipaje contenga artículos frágiles, valiosos, o perecederos, y que, en la propia manipulación de los mismos, sufrieran un desgaste normal e inevitable. Si el comunicarlo inmediatamente, antes de abandonar la zona de llegadas, en los mostradores de la compañía aérea (o si ésta no tuviera presencia en el aeropuerto a su agente handling o representante) en el propio aeropuerto. Si el equipaje dañado es equipaje facturado, el pasajero lo señalará por escrito en el plazo de 7 días y en el caso de retraso, de 21 días, en ambos casos a partir del día en el que el equipaje se puso a disposición del pasajero. Para ciertos tipos de artículos, el pasajero puede acogerse a un límite de responsabilidad más elevado, efectuando una declaración especial a más tardar en el momento de facturar y abonando una tarifa suplementaria, pudiendo consultarse las condiciones y tarifas a la compañía aérea.

Equipaje de mano

Como equipaje de mano está permitido una pieza cuyas dimensiones (alto + ancho + largo) no excedan de 45x35x25 y cuyo peso total no sea superior a 6 kg. Se podrán aplicar medidas más restrictivas debido a limitaciones de capacidad. El Reglamento (CE) 1546/2006 establece nuevas medidas de seguridad en los aeropuertos europeos y regula el transporte de líquidos.

(*) La equivalencia de los Derechos Especiales de Giro (DEG) se fija por Fondo Monetario Internacional y se actualiza diariamente. Actualmente el valor de 1 euro equivale a 0,85 DEG. Las cantidades aparecidas en el presente documento son las establecidas por los convenios internacionales y demás normativa de aplicación a fecha de 28 de diciembre de 2019 quedando dichas cantidades sujetas a las posibles variaciones que introduzca los convenios y demás normativa de referencia.

AVISO A LOS PASAJEROS NO ADMITIDOS AL EMBARQUE POR FALTA DE PLAZAS

El Reglamento (CE) 261/2004 de 11 de febrero de 2004, establece normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

Así mismo, el transportista aéreo proporcionará a cada uno de los pasajeros a los que se haya denegado el embarque, un impreso en el que se indiquen las normas de compensación por denegación de embarque.

NEGATIVA Y LIMITACIÓN DE TRANSPORTE

Derecho a negar el transporte

Por razones de Seguridad, el transportista negará el transporte de cualquier pasajero o su equipaje de acuerdo a un ejercicio de razonable discrecionalidad si se determina que:

  • Dicha negación es necesaria para evitar incumplir leyes, regulaciones u órdenes de cualquier país o territorio al que vuela el pasajero o en el que embarca o sobre el que vuela; o
  • La conducta, la edad, el estado físico o mental del pasajero es tal que requiere un especial cuidado del transportista que no puede garantizar; o
  • Causa molestias o suscita objeciones de otros pasajeros; o
  • Involucra un peligro o un riesgo para el propio pasajero o para otras personas o propiedades; o
  • Que dicha acción se haga necesaria como consecuencia de que el pasajero se niega a seguir las instrucciones del transportista; o
  • El pasajero rehúsa seguir las instrucciones de seguridad; o
  • Los precios del billete o los impuestos u otros importes no hayan sido pagados o satisfagan los acuerdos en términos de crédito entre el transportista y el pasajero; o
  • El pasajero no disponga de documentación para el viaje; o
  • El pasajero aparente estar intentando entrar en un país en el que hace transbordo; o
  • El pasajero pueda destruir su documentación durante el viaje; o
  • El pasajero rehúse, si es requerido por la tripulación a entregar su documentación contra la entrega de un recibo; o
  • El Billete…
    • Ha sido obtenido ilegalmente o comprador de una entidad diferente del propio transportista o sus Agentes Autorizados; o
    • Ha sido reportado como perdido o robado; o
    • Es un billete falso; o
    • Cualquiera de los cupones de vuelo, físicos o electrónicos, ha sido alterado por cualquiera que no sea el transportista o sus Agentes Autorizados, o un cupón ha sido mutilado y el transportista se reserve el derecho a retener el billete impreso; o
    • La persona que presenta el billete no puede probar ser el titular del billete.

PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA PMR O DIVERSIDAD FUNCIONAL

De acuerdo al CE 1107/2006, “Persona con discapacidad” o “persona con movilidad reducida (PMR)” es toda persona cuya movilidad para utilizar el transporte se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás pasajeros.

Con carácter general, se considera PMR a aquel pasajero que necesita ayuda de otra persona para dirigirse a la salida de la aeronave con la adecuada rapidez en caso de una evacuación de emergencia. Esto también incluye a los pasajeros que tienen serias dificultades para recibir o comprender las instrucciones de emergencia.

A efecto meramente informativo, le recomendamos para tener garantizada la asistencia requerida, le informamos que es un requisito indispensable notificar su necesidad especial a Canaryfly y adicionalmente al gestor al aeroportuario al menos 48 horas antes la salida del vuelo, exceptuando el servicio en camilla, que se deberá notificar con un mínimo de 72 horas antes de la salida del vuelo para realizar la solicitud del servicio de camilla.

EXCEPCIONES, CONDICIONES ESPECIALES E INFORMACIÓN

De acuerdo al Reglamento 1107/2006 las compañías aéreas, sus agentes o los operadores turísticos no podrán negarse por motivos de discapacidad o movilidad reducida, a aceptar una reserva de una persona con discapacidad o movilidad reducida o denegarle el embarque.

No obstante, existen unas excepciones, que las compañías aéreas podrán denegar lamentablemente la aceptación al embarque a un PMR sólo en los siguientes casos:

  • Por motivos de seguridad establecidos mediante legislación internacional, comunitaria o nacional. Por este motivo, además, las compañías aéreas, sus agentes o los operadores turísticos podrán exigir a la PMR, en el momento de efectuar la reserva, que vaya acompañada de otra persona capaz de facilitarle la asistencia necesaria. Las compañías aéreas no están obligadas a ofrecer el billete gratuitamente a la persona acompañante.
  • Si las dimensiones de la aeronave o sus puertas imposibilitan físicamente el embarque o transporte de la persona con movilidad reducida.

Además, si no se acepta la solicitud especial por los motivos indicados, Canaryfly realizará todos los esfuerzos razonables para proponer una alternativa aceptable al pasajero. Y si, aun habiéndose aceptado la reserva, se deniega el embarque por tales motivos, se le ofrecerá el reembolso del billete.

Canaryfly pone a disposición del público las normas de seguridad aplicables a las PMRs y toda restricción relativa a su transporte o al transporte del equipo de movilidad debido a las dimensiones de la aeronave. La asistencia que proporciona la compañía y el aeropuerto, es sin ningún coste adicional para el pasajero.

CONDUCTA A BORDO

Si la conducta de un pasajero en el avión pone en peligro el avión o cualquier persona o sus pertenencias, o si tal pasajero obstruye las obligaciones de la tripulación o rehúsa seguir las instrucciones de aquella, o su comportamiento crea conflictos con otros pasajeros, el transportista puede tomar las medidas necesarias para que el pasajero cese en dicha actitud, incluyendo la inmovilización del pasajero.

Una vez en el avión, el pasajero no puede poner en funcionamiento aparatos de radio, cigarrillos electrónicos, juegos electrónicos o aparatos de transmisión, incluyendo juguetes por control remoto, walkie-talkies o teléfonos móviles (que estarán apagados durante todo el vuelo). El pasajero no podrá operar con cualquier otro tipo de aparato electrónico en el avión, sin el permiso del transportista. La excepción a esta regla se aplica a grabadoras portátiles, audífonos o marcapasos, que sí pueden funcionar.

General

El pasajero debe siempre actuar de acuerdo a las leyes, regulaciones, órdenes y peticiones de los países de destino, de origen y de paso y de acuerdo con las reglas e instrucciones del transportista.

El transportista no será responsable por cualquier ayuda o información al pasajero en la obtención de documentos o para el cumplimiento con las leyes, regulaciones, órdenes, solicitudes y requerimientos dados al pasajero por cualquier empleado o Agente de transportista, tanto si es por escrito como por cualquier medio, o por las consecuencias que puedan derivarse de la no obtención de los documentos o de que no cumpla con las mencionadas leyes, regulaciones, ordenes, solicitudes, requerimientos, reglas o instrucciones

Documentación para el viaje

El pasajero presentará todos los documentos de entrada, salida, sanidad o cualquier otro que sea requerido por las leyes, regulaciones, órdenes peticiones o requerimientos de los países afectados y permitirá al transportista a realizar y mantener copias de los mismos. El transportista se reserva el derecho de rehusar el transporte a cualquier pasajero que no cumpla con las leyes, regulaciones, ordenes, peticiones o requerimientos o si los documentos no son válidos o al que no permita al transportista a realizar y guardar copias de dichos documentos.

Negativa de Entrada

El pasajero estará obligado a pagar las cantidades que sean de aplicación cuando el transportista, por orden de la Autoridad correspondiente, sea requerido para devolver el pasajero a su lugar de origen, o a cualquier otro lugar, por causa de que el pasajero no sea admitido para entrar en el país, tanto si es de transito como su destino final. El transportista no reembolsará al pasajero el precio abonado por éste por el concepto de transporte hasta el punto de negativa de entrada o de deportación.

Pasajero responsable del pago de Multas, Costes de Detención, etc.

Si el transportista es obligado a pagar cualquier multa o sanción, o debe realizar un depósito o debe costear cualquier gasto como consecuencia de que el pasajero no cumple con las leyes, regulaciones, órdenes, peticiones o requerimientos para viajar de cualquiera de los países afectados, o por el fracaso del pasajero para presentar los documentos necesarios, el pasajero deberá reembolsar las cantidades pagadas, depositadas o cualquier otro gasto sobrevenido. El transportista podrá utilizar todos los fondos o pagos del pasajero para los transportes no realizados o cualquier suma que el pasajero pueda tener en ese momento.

AVISO A LOS PASAJEROS SOBRE IMPUESTOS Y TASAS GUBERNAMENTALES

El precio de este billete puede incluir impuestos y tasas que han sido establecidos sobre el transporte aéreo por autoridades gubernamentales. Estos impuestos y tasas, que pueden configurar una porción significativa del coste del transporte aéreo, estarán discriminados en la casilla “IMPUESTOS” del billete. También se podrá requerir del pasajero que abone tasas o impuestos que no hayan sido cobrados con anterioridad.

AVISO SOBRE CANCELACIÓN DE PLAZAS

En caso de tener su plaza debidamente reservada y por alguna circunstancia no pudiera hacer uso de ella, le rogamos que proceda a la cancelación de la misma. Con ello facilitará el viaje a otro pasajero, así como la posible penalización por no cancelar a tiempo su reserva.

ARTÍCULOS PELIGROSOS EN EQUIPAJES

Por razones de seguridad en el equipaje del pasajero no debe haber artículos peligrosos, tales como:

  • gases comprimidos (intensamente refrigerados, inflamables, no inflamables, venenosos) como butano, oxígeno, nitrógeno líquido, botellas de aire comprimido para buceo.
  • corrosivos: ácidos, alcalinos, mercurio y acumuladores eléctricos húmedos.
  • explosivos: municiones, fuegos artificiales y bengalas.
  • líquidos y sólidos inflamables: combustibles, CERILLAS, pinturas, diluyentes y encendedores.
  • materiales radiactivos.
  • carteras o maletines con sistemas de alarma incorporados.
  • materiales oxidantes: tales como cloruro de cal y peróxido.
  • venenosos y sustancias infecciosas: tales como insecticidas, herbicidas y virus vivos.
  • otros artículos peligrosos: materiales imantados, desagradables o irritantes.

En cantidades limitadas pueden llevarse medicinas y artículos de aseo necesarios para el viaje, como atomizadores para el cabello, perfumes o medicinas que contengan alcohol. Muchos de los artículos mencionados pueden ser transportados como MERCANCÍA si están empaquetados de acuerdo con la normativa. No podrán llevarse en el equipaje facturado cigarrillos electrónicos (solo podrán ser transportados en el equipaje de mano). Solicite información complementaria si lo considera necesario. La compañía podrá rehusar el transporte de determinados productos si en atención a su tamaño, forma, característica o peso no pueden ser considerados como equipaje.

ARTICULOS ESPECIALES

Ciertos artículos especiales como dinero, joyas, metales preciosos, ordenadores, dispositivos electrónicos personales, documentos negociables, documentos de negocios de especial valor, pasaportes y documentos de identificación no podrán ser transportados como equipaje facturado.

ENTREGA O RECOGIDA DEL EQUIPAJE FACTURADO

El pasajero debe recoger su equipaje facturado tan pronto como esté disponible para ello en los puntos y lugares destinados a ello. Si el pasajero no recoge su equipaje en un período razonable de tiempo, el transportista podrá imponerle un coste de almacenamiento. Si el pasajero no recoge el equipaje en un plazo de 3 meses desde que el equipaje se ha puesto a su disposición, el transportista podrá disponer del mismo sin responsabilidad frente al pasajero, si lo reclamase después de esa fecha.

HORA LÍMITE DE ACEPTACIÓN AL VUELO

La hora límite de aceptación al vuelo es el tiempo mínimo de antelación a la hora oficial programada de salida del vuelo, indicada en el billete, en el cual el pasajero debe haber sido admitido al vuelo, tener facturado su equipaje, estar en posesión de la tarjeta de embarque y estar en la puerta de embarque. Pasado este tiempo límite el vuelo quedará cerrado.

El transportista no incurre en responsabilidad alguna por la no aceptación del pasajero cuando éste se presente a un vuelo ya cerrado.

EL TIEMPO MÍNIMO DE ACEPTACIÓN DE LOS PASAJEROS AL VUELO PARA TODOS LOS SERVICIOS DE CANARYFLY ES DE 30 MINUTOS.Si alguno de esos vuelos no es de CANARYFLY o usted viaja desde un aeropuerto fuera del territorio español, solicite de su agente emisor la hora límite de presentación en el aeropuerto de salida.

A la llegada a los puntos de tránsito, se ruega a los señores pasajeros que comprueben las reservas de su próxima escala, o del viaje de regreso, y comuniquen su dirección temporal o un teléfono de contacto al transportista a fin de ser advertidos de cualquier información que pudiera interesarle.

TODOS LOS VUELOS DE CANARYFLY SON NO FUMADOR

Conforme a lo dispuesto en el apartado Q) del artículo 7 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, en la redacción dada por el apartado siete del artículo único de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, no se permite fumar en las aeronaves con origen y destino en territorio nacional y en todos los vuelos de compañías aéreas españolas, incluidos aquellos compartidos con vuelos de compañías

MODIFICACIONES DEL CONTRATO

Ningún agente, empleado, administrador o representante de CANARYFLY tiene autoridad para alterar o modificar cualquiera de las Condiciones del Contrato aquí mencionadas o de las regulaciones de CANARYFLY o de renunciar a ellas.

VERSIÓN PREDOMINANTE

Las presentes Condiciones de Contrato fueron escritas originalmente en español y se pueden presentar traducidas a otros idiomas. En caso de conflicto entre dichas versiones y la original en español, será ésta última la que prevalezca.

DISPOSICIÓN FINAL

Sin perjuicio de lo señalado a lo largo del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Reglamento (CE) 2027/97, de 9 de octubre de 1997, modificado por el apartado 10) del artículo 1 del Reglamento (CE) 889/2002, de 13 de mayo de 2002, se adjunta al presente contrato el correspondiente Anexo previsto en el propio Reglamento Comunitario.

ANEXO

Responsabilidad de las compañías aéreas en relación con los pasajeros y su equipaje Este aviso informativo resume las normas en materia de responsabilidad aplicadas por las compañías aéreas comunitarias, de conformidad con la legislación comunitaria y el Convenio de Montreal.

Indemnización en caso de muerte o lesión No hay límite económico fijado para la responsabilidad en caso de lesiones o muerte del pasajero. Para los daños de hasta 128.821 DEG (cantidad aproximada en divisa local), la compañía aérea no podrá impugnar las reclamaciones de indemnización. Por encima de dicha cantidad, la compañía aérea sólo puede impugnar una reclamación en caso de que pueda probar que no hubo de su parte negligencia ni falta de otro tipo.

Anticipos En caso de muerte o lesión de un pasajero, la compañía aérea deberá abonar, en el plazo de quince días desde el día de la identificación de la persona con derecho a la indemnización, un anticipo para cubrir las necesidades económicas inmediatas. En caso de fallecimiento, este anticipo no podrá ser inferior a 16 000 DEG (importe aproximado en divisa local).

Retraso del pasajero En caso de retraso del pasajero, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del pasajero se limita a 5346 DEG (importe aproximado en divisa local).

Retrasos del equipaje En caso de retraso del equipaje, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del equipaje se limita a 1288 DEG (importe aproximado en divisa local).

Destrucción, pérdida o daños del equipaje La compañía aérea es responsable en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje hasta la cantidad de 1288 DEG (importe aproximado en divisa local). Con respecto al equipaje facturado, es responsable aún cuando esté exento de culpa, salvo que el equipaje ya estuviese dañado. Con respecto al equipaje no facturado, la compañía aérea sólo es responsable de los daños causados por su culpa.

Límites más elevados para el equipaje El pasajero puede acogerse a un límite de responsabilidad más elevado efectuando una declaración especial, a más tardar en el momento de facturar, y abonando una tarifa suplementaria.

Reclamaciones sobre el equipaje Si el equipaje facturado ha sido dañado, retrasado, perdido o destruido, el pasajero debe señalarlo por escrito a la compañía aérea lo antes posible. Si el equipaje dañado es equipaje facturado, el pasajero lo señalará por escrito en el plazo de siete días, y en caso de retraso, de veintiún días, en ambos casos a partir del día en que el equipaje se puso a disposición del pasajero.

Responsabilidad de la compañía con la que se ha contratado el servicio y de la compañía encargada de la prestación efectiva Si la compañía aérea encargada del vuelo no es la misma que la compañía aérea contratante, el pasajero podrá formular una queja o una reclamación a cualquiera de ellas. Si en el billete consta el nombre o el código de una compañía aérea, ésa es la compañía aérea contratante.

Plazos de reclamación Toda reclamación ante un tribunal deberá presentarse en el plazo de dos años a partir de la llegada de la aeronave o del día en que la aeronave hubiese debido llegar.

Fundamento de la información Las normas arriba descritas se fundamentan en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, desarrollado en la Comunidad por el Reglamento (CE) nº 2027/97 [modificado por el Reglamento (no 889/2002] y por la legislación nacional de los Estados miembros.

CANCELACIÓN DE VUELO

Estimado Cliente,

Desde Canaryfly sentimos que su vuelo se haya cancelado y le rogamos acepte nuestras más sinceras disculpas por ello. Nuestro principal objetivo es ofrecerle un servicio excelente y tenga la certeza de que estamos haciendo lo posible para su viaje se realice en las mejores condiciones. Con el fin de paliar en la medida de lo posible los inconvenientes que se le haya podido causar, le informamos de sus derechos como pasajero conforme a lo regulado en el Reglamento (CE) N.º 261/2004.

De acuerdo con el Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, cuando se produzca la cancelación de un vuelo, es decir, la no realización de un vuelo programado y en el que había reservado al menos una plaza, que salga de:

  • Un aeropuerto comunitario, o
  • Un aeropuerto situado en un país no comunitario – cuyas normas no dispongan compensaciones y asistencia- con destino a un aeropuerto comunitario y el transportista encargado de efectuar el vuelo sea comunitario.

Siempre que el pasajero:

  • Disponga de una reserva confirmada en el vuelo, disponiendo de un billete (impreso o electrónico) o de otra prueba de que ha sido aceptada y registrada por la compañía área, y se presente a facturación en las condiciones requeridas y a la hora indicada previamente y por escrito, incluso por medios electrónicos (en el caso de no indicarse hora alguna, con una antelación mínima de 45 minutos respecto a la hora de salida) o,
  • Haya sido transbordado del vuelo para el que disponía de una reserva a otro vuelo.

El transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una indemnización al pasajero:

  • Si puede probar que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias, que no podrían haberse evitado incluso si hubieran tomado todas las medidas razonables (casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad del vuelo que se encuentren fuera del control de la compañía, huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo y que sean ajenas a la compañía aérea, y las repercusiones de una decisión de gestión de tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones.
  • Se haya informado al pasajero de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista.
  • Se le haya informado de la cancelación con una antelación entre dos semanas y 7 días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de 4 horas de retraso con respecto de la hora de llegada prevista.
  • Se les haya informado de la cancelación con menos de 7 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de 1 hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

Si no se da ninguna de estas circunstancias anteriores, los pasajeros con reserva de plaza confirmada para un vuelo que sea cancelado, tendrán derecho a:

  1. Derecho a la asistencia, consistente en:
    1. Elegir reembolso o transporte alternativo según las siguientes opciones:
      • Reembolso en un plazo de 7 días (en metálico, mediante transferencia bancaria, cheque o bonos de viajes u otros servicios acordados) del coste íntegro del billete, al precio en que fue comprado, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas, o de todo el viaje si el vuelo ya no tiene razón de ser de acuerdos con sus planes originales de viaje, junto con, si procede, vuelo de vuelta al primer punto de partida, lo antes posible.
      • Conducción hasta destino final, en condiciones similares a las estipuladas, lo antes posible.
      • Conducción a destino final, en condiciones similares a las estipuladas, en fecha que le convenga a usted sujeto a disponibilidad de plazas.
    2. Además de forma gratuita:
      • Comida y refrescos suficientes, en función del tiempo de espera, siempre y cuando no haga que la salida del vuelo se retrase aún más.
      • Dos llamadas telefónicas de corta duración, télex o mensajes de fax o correo electrónico.

      Canaryfly prestará atención especial a las necesidades de las personas con movilidad reducida y de sus acompañantes, así como las necesidades de los menores no acompañados.

    3. En el caso de conducción hasta destino final en condiciones similares a las del vuelo cancelado, si la hora de salida del nuevo vuelo es al día siguiente de la originalmente programada o posterior, Canaryfly le ofrece:
      • Alojamiento en hotel cuando sea necesario pernoctar una o más noches.
      • Transporte entre aeropuerto y lugar de alojamiento.
  2. Derecho una compensación en función de la distancia entre el aeropuerto de salida y el de llegada, consistente en:
    • 125 euros para vuelos de hasta 1.500 km, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a dos horas con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado; o a 250 euros, si el retraso es superior a dos horas.
    • 200 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a 3 horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado; o a 400 euros si el retraso es superior a 3 horas.
    • 300 euros para todos los vuelos no incluidos en los puntos anteriores, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a 4 horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado; o a 600 euros si el retraso es superior a cuatro horas.

Cambio de clase

Si el pasajero es acomodado en algún vuelo en una clase inferior a aquella por la que se pagó el billete, se reembolsará el porcentaje correspondiente (según la tabla) del precio del billete del vuelo en cuestión en siete días:

DistanciaReembolso
a) Vuelos de hasta 1.500 km30%
b) Vuelos intracomunitarios de más 1.500 km* y vuelos entre 1.500 y 3.500 km50%
c) Resto de vuelos75%


*Excepto los vuelos entre un Estado miembro y los territorios franceses de ultramar.

El reembolso se abonará en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

Información para nuestros clientes

Reclamación previa ante la compañía aérea

El plazo para presentar la reclamación previa es de cinco años a contar desde el día en que se produjo el incidente que pudiera dar lugar a dicha reclamación. La compañía aérea o el gestor aeroportuario frente al que se dirija la reclamación previa, estarán obligados a acusar recibo de su presentación y darán respuesta a la reclamación previa en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde su presentación.

Cuando la resolución de la reclamación previa no sea totalmente satisfactoria para el pasajero, o si ésta no hubiera sido contestada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de presentación de la misma; el pasajero podrá recurrir ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA, https://www.seguridadaerea.gob.es) para la resolución alternativa de aquellos litigios en que resulten de aplicación los Reglamentos de la Unión Europea en materia de protección de los usuarios del transporte aéreo (Reg. (CE) 261/2004 y Reg.(CE) 1107/2006) quedando expresamente excluidos de este procedimiento las reclamaciones sobre equipajes, daños y perjuicios y cláusulas del contrato de transporte.

Es causa de inadmisión de la reclamación ante AESA su presentación una vez haya transcurrido el plazo de un año desde la presentación de esta reclamación previa. La decisión que adopte AESA en la resolución alternativa de litigios tiene carácter vinculante para la compañía aérea. A través de este documento esperamos cumplir con su derecho a la información. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

A través de este documento esperamos cumplir con su derecho a la información. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

Asimismo, le informamos de que, el Organismo Oficial al que se puede dirigir si así lo considera es:

Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) - División de Calidad y Protección al Usuario. Paseo de la Castellana 112, CP 28046 Madrid - teléfono 91 396 82 10, o a través de su página web: www.seguridadaerea.gob.es

Enlaces de interés

Unión Europea - Derecho de los Pasajeros

RETRASO DEL VUELO

Estimado cliente,

Sentimos que usted se vea afectado por el retraso de su vuelo y con el fin de paliar en la medida de lo posible los inconvenientes que le hayan podido causar, le ofrecemos las siguientes garantías de acuerdo con lo legislado en el Reglamento (CE) 261/2004. Rogándole que acepte nuestras más sinceras disculpas por ello y tenga la certeza de que estamos haciendo lo posible para su viaje se realice en las mejores condiciones.

De acuerdo con el Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, se aplica:

En el caso de que un vuelo salga de:

  • un aeropuerto comunitario, o
  • un aeropuerto en un país situado no comunitario – cuyas normas no dispongan compensaciones y asistencia- con destino a un aeropuerto comunitario y el transportista encargado de efectuar el vuelo sea comunitario.

Siempre que el pasajero:

  • Disponga de una reserva confirmada en el vuelo, disponiendo de un billete (impreso o electrónico) o de otra prueba de que ha sido aceptada y registrada por la compañía aérea, y se presente a facturación en las condiciones requeridas y a la hora indicada previamente y por escrito, incluso por medios electrónicos (en el caso de no indicarse hora alguna, con una antelación mínima de 45 minutos respecto a la hora de salida) o,
  • Hayan sido transbordados del vuelo para el que disponían de una reserva a otro vuelo.

Y se vea afectado por un retraso con respecto a la hora de salida prevista:

  • Retraso en la salida de dos horas o más en caso de vuelos de hasta 1500 km.
  • Retraso en la salida de tres horas o más en caso de vuelos intracomunitarios de más de 1500 km y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 km.
  • Retraso en la salida de cuatro horas o más en caso de vuelos no comprendidos en los apartados anteriores.

Canaryfly le ofrece totalmente gratis:

  • Comida y refrescos suficientes, en relación al tiempo de espera, siempre y cuando no haga que la salida del vuelo se retrase aún más .
  • Dos llamadas telefónicas de corta duración, télex o mensajes de fax, o correo electrónico.

Canaryfly prestará atención especial a las necesidades de las personas con movilidad reducida y de sus acompañantes, así como las necesidades de los menores no acompañados.

Según el Reglamento (CE) 261/2004, en el artículo 6, apartado 1 conforme iii) la letra a) del apartado 1 del artículo 8 “ Derecho al reembolso a un transporte alternativo”, cuando el retraso sea de al menos 5 horas y usted decida no viajar en el vuelo retrasado, además de la asistencia descrita anteriormente, Canaryfly le ofrece reembolso, en un plazo de siete días (en metálico, mediante transferencia bancaria, cheque o bonos de viaje u otros servicios acordados con el pasajero) del coste íntegro del billete, al precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser de acuerdo con sus planes originales de viaje, junto con, si procede, vuelo de vuelta al primer punto de partida, lo antes posible.

El derecho a compensación por retrasos no está contemplado en el Reglamento (CE) 261/2004. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el 19 de noviembre de 2009, dictó una sentencia ante los casos C-402/07 y C-432/07, mediante la cual se puede invocar el derecho a ser compensado económicamente de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de Reglamento (CE) 261/2004, en determinados supuestos de retraso.

Este derecho a compensación se producirá cuando un pasajero soporte una pérdida de tiempo igual o superior a tres horas en su llegada a destino final; es decir, cuando llegue al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista. Para estos casos se ha reconocido el derecho a compensación en los siguientes términos:

  • 250 euros para vuelos de hasta 1500 km
  • 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 km y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 km.
  • 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en los apartados anteriores.

Cuando la hora de salida esperada sea al menos al día siguiente de la hora salida previamente anunciada y sea necesario pernoctar una o más noches, además de lo descrito anteriormente, Canaryfly le ofrecerá:

  • Alojamiento en hotel cuando sea necesario pernoctar una o más noches.
  • Transporte entre aeropuerto y lugar de alojamiento (Hotel u otros).

El derecho a compensación por retraso no está contemplado, en el caso, que el retraso sea por causas extraordinarias a la compañía Canaryfly, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad que se encuentren fuera del control de la compañía, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo, huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo y que sean ajenas a la compañía aérea, y las repercusiones de una decisión de gestión de tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones.

Cambio de clase

Si el pasajero es acomodado en algún vuelo en una clase inferior a aquella por la que se pagó el billete, se reembolsará el porcentaje correspondiente (según la tabla) del precio del billete del vuelo en cuestión en siete días:

DistanciaReembolso
a) Vuelos de hasta 1.500 km30%
b) Vuelos intracomunitarios de más 1.500 km* y vuelos entre 1.500 y 3.500 km50%
c) Resto de vuelos75%


*Excepto los vuelos entre un Estado miembro y los territorios franceses de ultramar.

El reembolso se abonará en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

Información para nuestros clientes

Reclamación previa ante la compañía aérea

El plazo para presentar la reclamación previa es de cinco años a contar desde el día en que se produjo el incidente que pudiera dar lugar a dicha reclamación. La compañía aérea o el gestor aeroportuario frente al que se dirija la reclamación previa, estarán obligados a acusar recibo de su presentación y darán respuesta a la reclamación previa en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde su presentación.

Cuando la resolución de la reclamación previa no sea totalmente satisfactoria para el pasajero, o si ésta no hubiera sido contestada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de presentación de la misma; el pasajero podrá recurrir ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA, https://www.seguridadaerea.gob.es) para la resolución alternativa de aquellos litigios en que resulten de aplicación los Reglamentos de la Unión Europea en materia de protección de los usuarios del transporte aéreo (Reg. (CE) 261/2004 y Reg.(CE) 1107/2006) quedando expresamente excluidos de este procedimiento las reclamaciones sobre equipajes, daños y perjuicios y cláusulas del contrato de transporte.

Es causa de inadmisión de la reclamación ante AESA su presentación una vez haya transcurrido el plazo de un año desde la presentación de esta reclamación previa. La decisión que adopte AESA en la resolución alternativa de litigios tiene carácter vinculante para la compañía aérea. A través de este documento esperamos cumplir con su derecho a la información. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

A través de este documento esperamos cumplir con su derecho a la información. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

Asimismo, le informamos de que, el Organismo Oficial al que se puede dirigir si así lo considera es:

Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) - División de Calidad y Protección al Usuario. Paseo de la Castellana 112, CP 28046 Madrid - teléfono 91 396 82 10, o a través de su página web: www.seguridadaerea.gob.es

Enlaces de interés

Unión Europea - Derecho de los Pasajeros

DENEGACIÓN DE EMBARQUE

Estimado cliente,

Sentimos que por razones ajenas a su voluntad nos hayamos visto en la situación de tener que denegarle su embarque al vuelo que tenía previsto. Con el fin de disminuir en la medida de lo posible los inconvenientes que le hayamos podido causar, Canaryfly ofrece asistencia, y cuando procede, una compensación, dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso.

El Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004 establece normas mínimas aplicables en caso de denegación de embarque (negativa a embarcar pasajeros en un vuelo, aun cuando éstos tengan una reserva confirmada en dicho vuelo y, excepto en el caso de cancelación, se hayan presentado en la facturación dentro del plazo y en las condiciones requeridas o hayan sido transbordados por una compañía aérea o a un operador turístico, salvo que haya motivos razonables para denegar su embarque, tales como razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viajes inadecuados). Así como lo previsto en los considerandos (14) y (15) del mismo Reglamento donde se establecen como causas extraordinarias aquellas que no hayan podido evitarse incluso si se hubieran tomado las medidas razonables, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad que se encuentren fuera del control de la compañía, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo, huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo y que sean ajenas a la compañía aérea, y las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones.

Se aplica cuando el vuelo salga de:

  • Un aeropuerto comunitario, o
  • Un aeropuerto situado en un país no comunitario-cuyas normas no dispongan compensaciones y asistencia-con destino a un aeropuerto comunitario y el transportista encargado de efectuar el vuelo sea comunitario.

Siempre que el pasajero:

  • Tenga una reserva confirmada en el vuelo, disponiendo de un billete (impreso o electrónico) o de otra prueba de que ha sido aceptada y registrada por la compañía aérea, y se presente a facturación en las condiciones requeridas y a la hora indicada previamente y por escrito, incluso por medios electrónicos (en el caso de no indicarse hora alguna, con una antelación mínima de 45 minutos respecto de la hora de salida), o
  • Haya sido transbordado del vuelo para el que disponía de una reserva a otro vuelo.

Canaryfly tiene la obligación de solicitar voluntarios que renuncien a sus reservas a cambios de ciertos beneficios y los derechos estipulados en el Reglamento (CE) 261/2004.

Condiciones para los pasajeros denegados a embarque.

  • Pasajeros que ceden voluntariamente su plaza: En el caso de que en un vuelo existan más pasajeros con reserva confirmada que plazas disponibles, siempre y cuando haya efectuado los tramites de facturación con el tiempo mínimo requerido, Canaryfly pedirá voluntarios para aquellos pasajeros que cedan su plaza confirmada a cambio de una indemnización pactada y la asistencia.
  • Pasajeros que no ceden voluntariamente su plaza: Si no se encontrara suficientes voluntarios y se tuviera que denegar el embarque a otros pasajeros en contra de su voluntad, estos pasajeros tendrán derecho a una indemnización y a atenciones.

El pasajero puede elegir entre:

  • La conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, lo antes posible en fecha o posterior que convenga al pasajero, en función de las plazas disponibles.
  • Reembolso en un plazo de 7 días (en metálico, mediante transferencia bancaria, cheque o bonos de viajes u otros servicios acordados) del coste íntegro del billete, al precio en que fue comprado, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas, o de todo el viaje si el vuelo ya no tiene razón de ser de acuerdos con sus planes originales de viaje, junto con, si procede, vuelo de vuelta al primer punto de partida, lo antes posible.

Además, el pasajero recibirá gratuitamente:

  • Comidas y refrescos suficientes en relación al tiempo que sea necesario espera, siempre y cuando no haga que la salida del vuelo se retrase aún más.
  • Dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos.
  • Alojamiento en hotel cuando sea necesario pernoctar una o más noches y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otros)

Canaryfly prestará atención especial a las necesidades de las personas con movilidad reducida y de sus acompañantes, así como las necesidades de los menores no acompañados.

Le informamos que tiene derecho a una compensación inmediata en función de la distancia entre el aeropuerto de salida y el de llegada, según el Reglamento (CE) 261/2004, consistente en:

  • 125 euros para vuelos de hasta 1.500 km, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a dos horas con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado, o a 250 euros, si el retraso es superior a dos horas.
  • 200 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a 3 horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado, o a 400 euros si el retraso es superior a 3 horas.
  • 300 euros para todos los vuelos no incluidos en los puntos anteriores, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a 4 horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado; o a 600 euros si el retraso es superior a cuatro horas.

Cambio de clase

Si el pasajero es acomodado en algún vuelo en una clase inferior a aquella por la que se pagó el billete, se reembolsará el porcentaje correspondiente (según la tabla) del precio del billete del vuelo en cuestión en siete días:

DistanciaReembolso
a) Vuelos de hasta 1.500 km30%
b) Vuelos intracomunitarios de más 1.500 km* y vuelos entre 1.500 y 3.500 km50%
c) Resto de vuelos75%


*Excepto los vuelos entre un Estado miembro y los territorios franceses de ultramar.

El reembolso se abonará en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

Información para nuestros clientes

Reclamación previa ante la compañía aérea

El plazo para presentar la reclamación previa es de cinco años a contar desde el día en que se produjo el incidente que pudiera dar lugar a dicha reclamación. La compañía aérea o el gestor aeroportuario frente al que se dirija la reclamación previa, estarán obligados a acusar recibo de su presentación y darán respuesta a la reclamación previa en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde su presentación.

Cuando la resolución de la reclamación previa no sea totalmente satisfactoria para el pasajero, o si ésta no hubiera sido contestada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de presentación de la misma; el pasajero podrá recurrir ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA, https://www.seguridadaerea.gob.es) para la resolución alternativa de aquellos litigios en que resulten de aplicación los Reglamentos de la Unión Europea en materia de protección de los usuarios del transporte aéreo (Reg. (CE) 261/2004 y Reg.(CE) 1107/2006) quedando expresamente excluidos de este procedimiento las reclamaciones sobre equipajes, daños y perjuicios y cláusulas del contrato de transporte.

Es causa de inadmisión de la reclamación ante AESA su presentación una vez haya transcurrido el plazo de un año desde la presentación de esta reclamación previa. La decisión que adopte AESA en la resolución alternativa de litigios tiene carácter vinculante para la compañía aérea. A través de este documento esperamos cumplir con su derecho a la información. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

A través de este documento esperamos cumplir con su derecho a la información. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente.

Asimismo, le informamos de que, el Organismo Oficial al que se puede dirigir si así lo considera es:

Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) - División de Calidad y Protección al Usuario. Paseo de la Castellana 112, CP 28046 Madrid - teléfono 91 396 82 10, o a través de su página web: www.seguridadaerea.gob.es

Enlaces de interés

Unión Europea - Derecho de los Pasajeros

Aeropuertos

Nuestra oficina

Ubicación: planta uno, en el sector Salidas de la terminal interinsular, frente a los mostradores de facturación.

Horario: 06:00 - 21:00 horas


Información Aena

Horario: 24 horas

Teléfono: 928 579 130

Web: Aeropuerto de Gran Canaria


Localización

El aeropuerto de Gran Canaria está en la Bahía de Gando, a 18 kilómetros de Las Palmas de Gran Canaria, capital de la Isla, y a 25 kilómetros de la zona sur de la Isla, donde se encuentran las principales zonas turísticas.


¿Cómo llegar?

Transporte público: línea de guagua 60, desde la capital Las Palmas de Gran Canaria, y línea 66, desde el Faro de Maspalomas, principal núcleo turístico de la Isla.

Nuestra oficina

Ubicación: planta cero, en el sector Salidas de la terminal, cerca de los mostradores de facturación.

Horario: 07:00 - 11:00 y 14:30 - 18:30 horas


Información Aena

Horario: 06:30 - 23:00 horas

Teléfono: 928 860 600

Web: Aeropuerto de Fuerteventura


Localización

El aeropuerto de Fuerteventura se ubica en El Matorral, a 5 kilómetros de Puerto del Rosario.


¿Cómo llegar?

Transporte público: líneas de guagua 3, 10 y 16 desde Puerto del Rosario, capital de la Isla, Caleta de Fuste, Salinas, MorroJable y Gran Tarajal, principales núcleos turísticos.

Nuestra oficina

Ubicación: planta cero, en el sector Salidas de la terminal, cerca de los mostradores de facturación

Horario: 07:00 - 22:00 horas


Horario: 05:30 - 23:59

Teléfono: 928 846 001

Web: Aeropuerto de Lanzarote


Localización

El aeropuerto de Lanzarote, también conocido como César Manrique, está a 5 kilómetros de Arrecife, capital de la Isla


¿Cómo llegar?

Transporte público: línea de guagua 23 desde Arrecife, capital de la Isla, y línea 22 desde Playa Honda, uno de los principales núcleos turísticos de la Isla.

Nuestra oficina

Ubicación: planta cero, en el sector Salidas de la terminal, cerca de los mostradores de facturación.

Horario: 06:30 – 21:00 horas


Información Aena

Horario: 07:00 - 21:30

Teléfono: 922 426 100

Web: Aeropuerto de La Palma


Localización

El aeropuerto de La Palma está localizado a 8 kilómetros de su capital, Santa Cruz de La Palma.


¿Cómo llegar?

Transporte público: línea de guagua 500 desde Santa Cruz de La Palma, capital de la Isla, y Los Cancajos, uno de los principales núcleos turísticos de la Isla.

Nuestra oficina

Ubicación: planta cero de la terminal, en el sector Salidas, cerca de los mostradores de facturación.

Horario: 06:00 - 21:00 horas


Información Aena

Horario: 05:00 - 24:00 horas

Teléfono: 922 635 999

Web: Aeropuerto de Tenerife Norte


Situado al norte de la Isla, en el municipio de San Cristóbal de La Laguna, el aeropuerto se encuentra a tan sólo 10 kilómetros de la capital, Santa Cruz de Tenerife.


¿Cómo llegar?

Transporte público: línea de guagua 102 desde Santa Cruz de Tenerife, capital de la Isla, y Puerto de la Cruz y La Laguna, núcleos turísticos de la Isla.

Nuestra oficina

planta cero, en el sector Salidas, zona comercial junto a mostradores de facturación

Horario: Viernes y domingo de 08:30 - 13:30


Información Aena

Horario: 06:00 - 19:00 horas

Teléfono: 922 553 700

Web: Aeropuerto de El Hierro


¿Cómo llegar?

Transporte público: la línea 6 une la capital de la isla con el aeropuerto.

Tarifas

Sí, con las Tarifas Completa podrás realizar cualquier tipo de cambio (fecha, hora, etc.) sin penalización, siempre que esté disponible la tarifa al mismo precio de tu billete original. Si no está disponible y existe tarifa superior, tendrás que abonar la diferencia.

En las Tarifas Completa existen dos tarifas con distinto precio. A modo de ejemplo, para un residente canario con la ruta Gran Canaria – Fuerteventura encontramos la Tarifa Completa (22.60€) y la Tarifa Completa Plus (28,60€).

Con la Tarifa Completa, se podría realizar el cambio a una tarifa superior.

Con la Tarifa Completa Plus, no se admite cambio a tarifa superior, porque se está accediendo a la tarifa más alta.

Puedes realizar todos los cambios:

• Directamente en el apartado Mis Reservas de nuestra página web y App.

• Llamando al Call Center 928 018 500.

• En la oficina de ventas de Canaryfly en los aeropuertos.

• En tu Agencia de Viajes.

Sí, con las Tarifas Superprecio y Reducida podrás solicitar 1 cambio por trayecto en fecha y hora. Estos cambios estarán sujetos a las condiciones de tu Tarifa adquirida:

Hasta 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Reducida podrás realizar este cambio abonando 2€.

Dentro de los 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Reducida podrás realizar este cambio abonando 5€.

Hasta 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Superprecio podrás realizar este cambio abonando 3€.

Dentro de los 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Superprecio podrás realizar este cambio abonando 7€.

Solo abonarás el importe correspondiente siempre que esté disponible la tarifa al mismo precio de tu billete original, si no está disponible tendrás que abonar la diferencia

Asimismo, con las Tarifas Superprecio y Reducida podrás solicitar cambios por tarifas superiores. Estos cambios estarán sujetos a las condiciones de tu Tarifa adquirida:

Hasta 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Reducida podrás realizar este cambio abonando solo la diferencia de precio de la tarifa.

Dentro de los 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Reducida podrás realizar este cambio abonando 5€ más la diferencia de precio de la tarifa.

Hasta 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Superprecio podrás realizar este cambio abonando 3€ más la diferencia de precio de la tarifa.

Dentro de los 7 días antes de la salida del vuelo. Solo con las Tarifas Superprecio podrás realizar este cambio abonando 7€ más la diferencia de precio de la tarifa.

Puedes realizar estos cambios a través de:

• Call Center 928 01 85 00.

• Oficinas de Venta de Canaryfly en los aeropuertos.

• Tu Agencia de Viajes.

La Tarifa promocional se comercializa a través nuestra web, oficinas de ventas del aeropuerto, Call center de Canaryfly en el 928.01.85.00 y agencias de viajes autorizadas. Esta tarifa ofrece el precio más económico, por lo tanto, no permite: Cambios de fecha, hora o ruta, ni cambios a tarifas superiores.

Si no coincide el nombre del pasajero en el billete con la identificación que presenta, podría no ser admitido a embarque. Por lo tanto, si has detectado errores en el nombre de tu billete, ponte en contacto con Canaryfly inmediatamente, bien llamando al Call Center o acudiendo a las oficinas de venta, y te buscaremos una solución lo antes posible.

Todas las Tarifas te permiten llevar de manera gratuita 1 maleta de mano de hasta 10 kg y 1 maleta facturada de hasta 23 kg.

La Tarifa Completa R, te permite llevar de manera gratuita 1 maleta de mano de hasta 10 kg y 1 maleta facturada de hasta 30 kg.

Durante la campaña de descuento directo en precio, las tarifas beneficiadas con la promoción tendrán un precio inferior al habitual por encontrarse en promoción.

Una vez finalizado el periodo de promoción, los cambios recogidos en las condiciones de las tarifas adquiridas se realizarán en base a los precios vigentes en ese momento.

Es decir, si se compra una tarifa con descuento, y se desea realizar un cambio a posteriori del periodo de promoción, el pasajero deberá abonar la penalización y diferencia de tarifa que aplique, al precio que esté vigente en el momento de realizar el cambio.

La tarifa promocional adulto + niño/a gratis solo se puede obtener en la compra de un billete de un adulto + niño/a. Si necesitas viajar con más personas debes realizar dos compras distintas.

Para usar esta tarifa es obligatorio que el menor viaje con el adulto que tiene asociado en su reserva.

Si se trata de una reserva de 3 personas, se deben realizar dos reservas: por un lado adulto + niño, y por otro lado el adulto que falta.

Las tasas de aeropuerto y los cargos de gestión no están incluidos en la promoción. Por lo tanto, es el único coste asociado al menor que viaja gratis.

Métodos de pago

Actualmente contamos con dos métodos de pago a través de nuestra web; Tarjeta bancaria y Bizum.

La clave Bizum es un código de 4 dígitos, con el que podrás comprar en todos los comercios que tengan el botón Bizum como medio de pago disponible.

Puedes obtenerla en la App de tu banco.

Sí, al igual que ocurre con otros métodos de pago, la política de devolución se hará de la misma forma.

Canaryfly no se hace responsable de los acuerdos entre entidades bancarias asociadas con la plataforma Bizum. En el caso que su compra no se haya producido con éxito, rogamos que contacte con su entidad bancaria y consulte el listado de bancos adheridos a la plataforma Bizum.

Si tienes problemas con Bizum, aconsejamos elegir la opción de compra con tarjeta bancaria, para que puedas realizar tu compra con éxito.

Noticias


¡Ya están aquí los Canary Five!

¿Sabías que los numerólogos describen el 5 como el símbolo de libertad, espíritu viajero y aventura? ¡Por eso volvemos a poner billetes a 5€* en todas nuestras rutas! Para invocar a tu espíritu viajero. Compra ya para volar del 1 de septiembre al 31 de octubre.

Solo tienes hasta el 2 de julio para hacerte con tus billetes, ¡corre que vuelan!

*Precio residente por trayecto. Tasas y cargos de gestión no incluidos. Plazas limitadas.

¡Ya tenemos nueva ruta disponible!

Nuestra nueva ruta a La Graciosa es ya una realidad. Puedes comprar en nuestra web todos los trayectos necesarios para llegar al destino paradisiaco por excelencia.

Para que te ubiques fácilmente a la salida del aeropuerto de Lanzarote, la guagua que tienes que coger está en la parada que está justo a la salida de la Terminal 2, únicamente hay que cruzar los 2 viales que hay entre la terminal y la zona de estacionamiento. En el caso del muelle de Órzola, la parada de guaguas está justo al lado de las taquillas de Líneas Romero, próximo al muelle donde atraca el barco. La guagua se podrá identificar fácilmente ya que lleva en la luna delantera un cartel con el logo de Líneas Romero.

¡Reserva ya tu vuelo + guagua y barco en nuestra web o app!

Los trucos definitivos para conseguir vuelos baratos

Un martes en noviembre y habiendo reservado con antelación directamente en la aerolínea. Esta es la combinación perfecta para conseguir un billete de avión entre islas a un precio casi de risa.

Así lo confirma un reciente informe de The Wall Street Journal, en el que se demuestra que los martes son los mejores días para comprar billetes de avión baratos.

Un truco que la compañía aérea Canaryfly confirma. “Es cierto y es muy fácil de comprobar. De hecho, el martes es el día de la semana que mayor cantidad de billetes baratos se pueden encontrar en nuestra web, canaryfly.es, si buscas con antelación”, afirma Nico Perdomo, director Comercial de la aerolínea low cost canaria.

En cualquier caso, otra de las claves esenciales para viajar en avión al mejor precio es tener flexibilidad en las fechas y horarios del vuelo. “Si eres flexible a la hora de elegir el día de tu vuelo, los martes siempre encontrarás mejores precios”, apuntan desde Canaryfly.

Por último, un truco infalible a la hora de reservar un vuelo es evitar los intermediarios. Expertos del sector aéreo confirman que comprar directamente en la web de las compañías aéreas “siempre resulta más económico”, porque suprime las comisiones de empresas intermediarias, lo que supone un considerable ahorro.

La compañía aérea Canaryfly ha recuperado este miércoles su operativa con origen y destino La Palma. Si la situación de la nube de ceniza provocada por el volcán lo permite, la aerolínea retomará con sus horarios habituales las conexiones con la isla de La Palma a partir del 30 de septiembre.

Canaryfly aclara que las conexiones hacia y desde La Palma dependerán en todo momento de la evolución de las condiciones. “Solo si se cumplen las previsiones meteorológicas y el viento continúa evolucionando de la manera que lo lleva haciendo en el día de hoy, podremos volver a operar con la isla palmera con continuidad”, expone el departamento de Operaciones de la compañía.

“Es importante destacar que el resto de nuestra operativa funciona con regularidad y continuamos uniendo Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote y El Hierro sin contratiempos. Estamos trabajando para minimizar los inconvenientes a nuestros pasajeros y les agradecemos su confianza” han expresado desde el departamento comercial.

La frase Te hago un bizum se ha convertido en una popular expresión que, a partir de ahora, ya se puede utilizar para pagar también los vuelos en Canaryfly, y es que en sus primeros días este nuevo método de pago ya ha sido todo un éxito.

La aerolínea canaria low cost, en su continuo afán por mejorar su servicio al cliente, añade esta nueva funcionalidad para que sus pasajeros puedan formalizar su reserva en solo 3 pasos: elegir el vuelo, escribir los datos y pagar con Bizum. El proceso de compra en canaryfly.es es ahora aún más sencillo, cómodo y rápido.

En este sentido, la compañía aérea recuerda que, planificar una escapada o unas vacaciones entre islas al precio más bajo de la historia y con total tranquilidad siguen siendo las principales bazas de Canaryfly, ya que “nuestros billetes garantizan el precio más barato del mercado interinsular y todas nuestras tarifas permiten cambios”.


La movilidad entre islas comienza a recuperarse y así lo demuestran los datos que publica AENA, y es que 960 mil pasajeros han aterrizado o despegado entre aeropuertos canarios en el primer semestre de 2021, de los que un 22,29% lo hicieron con la compañía aérea Canaryfly.

Esta tendencia de recuperación también se constata en el último estudio de mercado realizado por Canaryfly entre cerca de 8.000 pasajeros. De acuerdo a los datos de la encuesta, el 98% de las personas afirma que va a realizar al menos un viaje entre islas en los próximos 6 meses.

“Ya en julio se ha notado un aumento considerable en las reservas para viajar en Canarias. En concreto, en Canaryfly las reservas aumentaron más de un 15% con respecto al mismo periodo del año anterior”, comenta el responsable de Ventas de Canaryfly, Nico Perdomo, quien reconoce que las previsiones son igualmente positivas para el resto del verano. “Las cifras que manejamos confirman que los canarios este año están apostando por disfrutar de sus vacaciones en nuestras islas”.

Entre las conclusiones del estudio llevado a cabo por la low cost canaria, cabe destacar que el 58% de los pasajeros viaja entre islas para visitar a la familia o amigos, y que el precio de los billetes es uno de los principales atributos que los pasajeros tienen en cuenta y valoran a la hora de viajar entre islas. De hecho, el 70% de los pasajeros de Canaryfly eligen esta aerolínea porque “siempre tiene los precios más bajos”.

Canaryfly, la única compañía aérea low cost de Canarias, acaba de lanzar una nueva campaña promocional con el objetivo de ayudar a reactivar el turismo, poniendo a la venta miles de billetes desde solo 5€ para volar entre islas (precio de residente. Gastos de gestión y tasas no incluidas).

La original campaña, denominada 'Vacunafly', cuenta con la colaboración de un nutrido grupo de artistas e Influencers de todo el Archipiélago. Lili Quintana, Rafa Méndez, Rudy Ruymán, Las Knarias o Jorge Bolaños son algunos de los primeros 'inmunizados' que se han sumado a la divertida campaña y ya disfrutan de sus viajes baratos en Canaryfly.

Según explica la compañía aérea, ahora que poco a poco empezamos a recuperar la normalidad es hora de recompensarnos y regalarnos el viaje que tanto estábamos deseando. "Nuestros especialistas -explican desde Canaryfly- recomiendan que, para acogerse a 'Vacunafly', debes leer las instrucciones de tus billetes, viajar todo lo que puedas y, en caso de cualquier duda, consultar en www.canaryfly.es".

Canaryfly se adelanta al verano en su página web.


Una vez más, la compañía aérea low cost se sitúa al lado de los canarios y pone a la venta miles de billetes desde 5 euros, la mayoría para viajar entre islas durante los meses de julio y agosto.

Conscientes de los meses tan difíciles que hemos sufrido, Canaryfly quiere contribuir a que todos los residentes canarios recuperen la ilusión, poniendo a la venta en su web (canaryfly.es) miles de billetes al precio más barato de la historia en Canarias: desde solo 5 euros por trayecto (precio residente. Tasas aeropuerto y cargos de gestión no incluidos).

Las últimas noticias respecto a la ocupación hotelera (las reservas para la temporada estival se han disparado hasta el 68%) y el buen ritmo de la pauta vacunal contra la COVID (hasta ahora, ya se han administrado casi un millón de dosis de vacuna y ya son más de 300.000 personas inmunizadas -casi el 17% de la población de la islas-) invitan a plantearnos unos meses de verano bastante más halagüeños que los anteriores. “Los canarios y las canarias se merecen unas vacaciones -recalca la compañía aérea-. Es momento de volver a viajar y conocer nuestras islas. Es momento, en definitiva, de volver a sonreír”.


Canaryfly consolida su expansión en el transporte de mercancías con una nueva línea regular de carga


Canaryfly da un paso más en su estrategia de expansión en el transporte de mercancías con una nueva línea regular de carga entre la Península y Canarias. A partir del próximo martes 16 de febrero la compañía aérea canaria comenzará a realizar de manera semanal vuelos entre Madrid, Tenerife y Gran Canaria.

Esta nueva línea regular de carga se suma al servicio de vuelos chárter y privados a demanda de transporte aéreo de mercancías tanto entre islas como a (y desde) Península, África y Europa.

Los nuevos vuelos, que tendrán una frecuencia semanal, realizarán todos los martes la ruta Madrid –Gran Canaria con escala en Tenerife Sur y, todos los miércoles, la ruta de regreso Gran Canaria – Madrid en vuelo directo.

Además, Canaryfly completa esta nueva línea ofreciendo un servicio adicional dirigido al resto de las islas del Archipiélago para la recepción y distribución de la mercancía.

Desde que comenzó la crisis sanitaria a causa de la pandemia provocada por la COVID19, Canaryfly se ha ido adaptando a las necesidades del mercado y afrontando nuevos retos. Tras su incursión en el transporte aéreo de mercancías en mayo de 2020, la compañía aérea anunció el pasado mes de diciembre la incorporación a su flota de un nuevo avión de carga con capacidad para casi 9 toneladas.

La aerolínea ha habilitado un servicio 24 horas para solicitar información y presupuesto a través del correo electrónico servicefly@canaryfly.es y los teléfonos +34 662 674 748 y +34 671 190 153.


La low cost canaria regresa con 34 vuelos diarios y más de 70.000 plazas mensuales, de las que más de 22.000 mantienen la tarifa Superprecio desde 5€



Canaryfly, la única compañía aérea low cost de Canarias, reactivará sus vuelos de pasajeros el próximo 22 de marzo. Tras casi 2 meses sin operativa interinsular, suspendida a causa de la baja demanda de billetes a raíz de las restricciones provocadas por la situación sanitaria, la aerolínea vuelve con más 22.000 plazas a solo 5€ el trayecto.

Canaryfly regresa con 34 vuelos diarios que cubrirán un total de 8 rutas entre Gran Canaria, Tenerife, El Hierro, La Palma, Fuerteventura y Lanzarote. En total, más de 70.000 plazas mensuales, de las que más de 22.000 ya están a la venta a la tarifa Superprecio, la más barata de Canarias, desde solo 5€. El hecho de mantener parte de los billetes a precio de oferta, demuestra una vez más el férreo compromiso de Canaryfly con la sociedad canaria. “Somos conscientes de la complicada situación económica actual que sufren muchos canarios. Por eso hemos decidido mantener una buena parte de nuestras plazas, más del 40% del total, al precio más bajo posible”, expone la aerolínea, recalcando su responsabilidad por restablecer la conectividad entre islas, garantizando “seguridad y puntualidad a un precio justo y razonable para cualquier residente en las Islas”.

Pese a la suspensión temporal de su operativa de pasajeros, Canaryfly ha mantenido durante el último año una firme apuesta por la reactivación del tejido económico y empresarial del Archipiélago. De hecho, el pasado mes de febrero, la compañía aérea inauguró una nueva línea regular de carga entre Península y Canarias, que se sumó al servicio de vuelos chárter y privados a demanda para el transporte aéreo de mercancías tanto entre islas como a (y desde) Península, África y Europa.

Las más 70.000 plazas mensuales ya están a venta en la web de la compañía aérea (www.canaryfly.es), donde los pasajeros pueden consultar horarios y disponibilidad para viajar entre islas al mejor precio garantizado.

Cambios y Reembolsos

Sí, a continuación se explica los siguientes supuestos:

  • Cuando la solicitud se realice después de que haya vencido la validez del billete.
  • Billetes con tarifas conexionadas, que han utilizado un tramo y solicita el reembolso del tramo no efectuado.
  • En los casos; un billete robado o falsificado, previa acreditación.
  • Si la tarifa del billete indica que no permite cancelaciones o reembolso o lleva la observación "NO REEMBOLSABLE" o "NON REFUNDABLE".
  • En los cambios de programación aceptados y el pasajero ha decidido no utilizar su billete, generando un no show para Canaryfly.
  • Si el pasajero no ha sido admitido por las autoridades locales en su lugar de destino o en algún punto intermedio y, en consecuencia, ha sido devuelto a su punto de embarque o a algún otro punto.

No obstante, puedes contactar con la compañía para informarte acerca de tu reembolso en los siguientes canales:

  • Oficinas de Canaryfly en los aeropuertos
  • Nuestro Call center en el número de teléfono 928.01.85.00

Si, en virtud al Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, la compañía te ofrecerá la posibilidad de elegir entre una de las siguientes opciones:

  1. Reembolso del coste del billete dentro de los 7 días siguientes, del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas, y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con tu plan de viaje inicial, junto con, cuando proceda:
    • - Un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.
  2. Transporte alternativo a tu destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comparables.
  3. La conducción hasta el destino final, en condiciones transporte comparables, en una fecha posterior que te convenga, en función a los asientos disponibles.

Si el retraso es de cinco horas o más, y decides no viajar, en virtud al Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos, en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, tendrás derecho al reembolso en siete días del coste íntegro del billete al precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada, y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser.

Cuando proceda, te corresponde además, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.

No, sólo se podrán reembolsar los gastos de emisión cuando el motivo del reembolso sea por una causa imputable a la compañía.

Utilizamos cookies, tanto propias como de terceros, para garantizar el buen funcionamiento de nuestra página web, analizar el tráfico y mostrar anuncios personalizados en función de sus intereses.

Al pulsar en "ACEPTAR TODAS" consiente la instalación de estas cookies. Al pulsar "RECHAZAR TODAS" sólo se instalarán las cookies estrictamente necesarias. Pulse en "Personalizar cookies" para cambiar su configuración. Para obtener más información puede leer nuestra Para obtener más información puede leer nuestra Política de Cookies.

Utilizamos cookies, tanto propias como de terceros, para garantizar el buen funcionamiento de nuestra página web, analizar el tráfico y mostrar anuncios personalizados en función de sus intereses.

Al pulsar en "ACEPTAR TODAS" consiente la instalación de estas cookies. Al pulsar "RECHAZAR TODAS" sólo se instalarán las cookies estrictamente necesarias. Pulse en "Personalizar cookies" para cambiar su configuración. Para obtener más información puede leer nuestra Para obtener más información puede leer nuestra Política de Cookies.

Configuración de Cookies

Cookies técnicas

Son imprescindibles y estrictamente necesarias para el correcto funcionamiento de la Web y la utilización de las diferentes opciones y servicios que ofrece.

Cookies Analíticas

Permiten el seguimiento y análisis del comportamiento del usuario durante la navegación.

Cookies de Publicidad

Almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de los hábitos de navegación, permitiendo perfilar la publicidad a mostrar.