34.928.579.968 CanaryFly
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Fecha: 22-02-12    Hora: 20:29:50

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Condiciones de transporte CanaryFly.
  1 - Definiciones de término y siglas.
  2 - Objeto y normativa aplicable
  3 - Billete
  4 - Precios
  5 - Descuentos para residentes y familias
  6 - Reserva y plazas
  7 - Horarios y enlaces, retrasos, cancelaciónes, etc.
  8 - Equipaje
  9 - Facturación y formalidades administrativas
10 - Derechos del Transportista
11 - Conducta a bordo de la aeronave
12 - Responsabilidad por daños humanos y materiales
13 - Responsabilidad por retrasos
14 - Servicios adicionales propios y ajenos
15 - Disposiciones Generales
16 - Competencia judicial
 
Condiciones de la compañia.
  1 - Aceptación de pasajeros
  2 - Personas con discapacidades físicas
  3 - Transporte de sillas de ruedas
  4 - Transporte de oxigeno
  5 - Transporte de animales
  6 - Condiciones de viaje
  7 - Cambios permitidos
  8 - Validez de los Billetes y Billetes de Conexión
  9 - Facturación y Embarque
10 - Equipajes
11 - Declaración de valor
 
  CANARYFLY - Definiciones de término y siglas.  

«Billete» significa el número de localizador y, en su caso, talón de equipaje, emitido por o en nombre del Transportista, que da derecho a su titular o al pasajero a viajar desde el origen al destino bajo los términos y condiciones contenidos en él y en estas Condiciones Generales de Transporte.

«Billete de Conexión»: se refiere a un Billete formado por dos o más segmentos. Un Billete de Conexión está emitido en conexión directa con otro Billete, y ambos Billetes juntos constituyen un único contrato de transporte de carácter opcional y sujeto al correspondiente cargo de servicio optativo.

«Segmento»: trayecto comprendido entre un despegue y un aterrizaje consecutivo.

«Condiciones Generales de Transporte» o

«Condiciones» significa las condiciones generales del contrato de transporte aéreo de Pasajeros y equipaje.

«Convenio de Montreal» significa el Convenio para la unificación de ciertas reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional firmado en Montreal el 28 de mayo de 1999.

«Escala acordada»: son aquellos lugares previstos dentro del itinerario del pasajero y distintos de los de origen y de los de destino señalados en el Billete o que se indican en los horarios como lugares de escala programados en la ruta.

«Pasajero»: cualquier persona tenedora de un Billete o Billete de Conexión, exceptuando a los miembros de la tripulación operativa.

«Vuelos punto a punto»: se refiere a un vuelo formado por un único Segmento, es decir, no tiene ninguna escala programada en la ruta.

«Reglamento 261/2004» significa el Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los Pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

«Reglamento 2027/97» significa el Reglamento (CE) 2027/97 del Consejo, de 9 de octubre de 1997, relativo a la responsabilidad de las compañías aéreas respecto al transporte aéreo de los Pasajeros y su equipaje, modificado por el Reglamento (CE) 889/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de mayo de 2002.

«Transportista» o

«Canaryfly» significa Canary Fly, S.L., sociedad con domicilio en Aeropuerto de Gando, nº 84, Bloque L, 35200, Telde, (Las Palmas), y con NIF B-76013481, con licencia de operador número 100.

«Reglamento (CE) 820/2008» significa el Reglamento (CE) 820/2008, de la Comisión, de 8 de agosto de 2008, relativo a determinadas normas de equipajes de mano.

«Call Center» ó «Saharafly» significa Sahara Fly, S.L., sociedad con domicilio en C/ Franchy Roca, nº 23, Las Palmas de G.C: (Las Palmas), y con CIF B-35868181. Numero de teléfono: (+34) 928 472 410

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